Tribunal Superior Electoral rechaza amparo contra comités Político y Central del PLD
Consideró que el accionante no ostenta la calidad de precandidato
SD. El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó una acción de amparo en contra de la decisión de los comités Político y Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), de elegir como único candidato presidencial al presidente Danilo Medina.
La alta corte calificó como “notoriamente improcedente” la acción del abogado Hipólito Polanco Pérez, que buscaba la revocación de ambas decisiones. Consideró que el aspirante no ostenta la titularidad de precandidato a la Presidencia de la República por el PLD, por no haber sido propuesto al Comité Central en la reunión celebrada el 18 de julio, de acuerdo con el artículo 17 literal “g” de los estatutos de dicha organización política.
Rechazó la petición de nulidad del artículo 17, literal “g” de los Estatutos del PLD, planteada por Polanco Pérez , “por este Tribunal determinar que el mismo no es contrario a la Constitución de la República”.
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