"La jurisdicción constitucional es eminentemente política"
SANTO DOMINGO. El jurista Francisco Manuel García Acosta está consciente del papel del juez constitucional. El experto español, invitado al país por la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglode), aunque no niega el carácter político, dice que la constitucionalidad está sometida a parámetros jurídicos.
Defiende la potestad de esa instancia de revisar y anular una decisión de la Suprema Corte de Justicia. Habló sobre éste y otros temas con DL.
P. ¿Cuál es la importancia jurídico política que tiene un Tribunal Constitucional?
R. El Tribunal Constitucional, en mi opinión, es importante por múltiples razones. En primer lugar porque es la institución que hace efectiva a la Constitución. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, pero necesita ser respetada y la institución fundamental que garantiza ese respeto es el Tribunal Constitucional.
Además, el Tribunal Constitucional también viene avalado por un proceso amplio de democracia abierta, por lo cual es una garantía de que nuestra democracia funciona y es plural.
En tercer lugar, el Tribunal Constitucional, a pesar de que se diga que no pudiera ser legitimidad para juzgar la constitucionalidad de las leyes, hay que tener en cuenta que, incluso, el poder de los parlamentos, incluso, el poder del pueblo, cuando vota en referéndum una ley, tiene también que estar limitado y supervisado, porque no tiene que ser un poder absoluto y omnímodo.
P. ¿Cuál es su recomendación al tribunal que está por instaurarse en el país?.
R. Los magistrados del Tribunal Constitucional tienen que velar por el respeto a la Constitución, y lo que tienen que hacer es limitarse a garantizar su constitucionalidad.
Me parece que el Tribunal Constitucional de la República Dominicana es muy avanzado. A mi me gusta mucho que haya un recurso de inconstitucionalidad, que cualquier ciudadano que pueda alegar un interés legítimo. Es abrir la defensa de la Constitución a cualquier ciudadano.
P. ¿En un conflicto jurisdiccional, quién tendría la supremacía?
R. Obviamente, que el Tribunal Constitucional. La ley dispone que el tribunal supremo y el constitucional son órganos constitucionales, independientes y autónomos, pero a la hora de la verdad el Tribunal Constitucional puede, al estimar un amparo, puede revocar una sentencia del tribunal supremo. Pero el tribunal supremo no puede revocar una sentencia del Tribunal Constitucional.
P. ¿Qué significado tiene para una democracia el control político del Tribunal Constitucional?
R. Me parece que el control político del Tribunal Constitucional es altamente saludable, porque su significado es garantizar la supremacía del derecho, frente a cualquier otro poder, incluido el poder electoral.
P. ¿Qué tipo de perfil debe tener el juez constitucional para no poner en peligro la institucionalidad del país?
R. La jurisdicción constitucional puede poner en graves aprietos el funcionamiento del Estado. Lo ha hecho en Estados Unidos y en España.
"Creo que en la República Dominicana pueda suceder alguna guerra de cortes entre el Tribunal Superior de Justicia y el Constitucional".
En los movimientos interesantes de los equipos de la Liga Nacional, Juan Soto encabeza la lista
Towns anota 40 y Josh Hart 30 para que Knicks dobleguen a Pacers
Vladimir Guerrero Jr., le destrozó con el madero el control salarial a Toronto
Boone espera que Yankees se coronen y se conduzcan ‘con un poco más de clase’ que Dodgers'