"La jurisdicción laboral recuperó su prestigio"
Destaca el papel de la tecnología en el sector
Santo Domingo. El trabajo en equipo, una estrategia para evitar la mora judicial y la capacitación del personal, han regresado el prestigio a la jurisdicción laboral.
Efectivamente, el presidente de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, Erick J. Hernández-Machado Santana, ve a estos elementos como pilares que deben funcionar de manera conjunta. Eficiencia administrativa, compromiso institucional y la responsabilidad asumida y cumplida son componentes que el magistrado exhibe en ese estamento.
Hernández-Machado pertenece a una familia de jueces por generaciones: hijo del juez de la Suprema Corte, José Enrique Hernández Machado, nieto de Manuel Arturo Machado, magistrado de ese tribunal en 1908, y bisnieto de quien fuera juez de distintas jurisdicciones, José Enrique Hernández Rodríguez.
P: ¿Cuál es la situación de esta Corte, en términos procesales?
R: La Corte de Trabajo del Distrito Nacional, desde su nombramiento en noviembre de 1998, inició un proceso de actualización de los expedientes que estaban pendientes. Nosotros encontramos más de 5,000 expedientes y en un proceso igual o menor de cinco años, prácticamente pusimos esta jurisdicción al día.
Fue un trabajo coordinado con el Juzgado de Trabajo, donde también hubo una labor muy ardua, pues ellos encontraron unos 19,000 expedientes pendientes y había que darle una solución.
En diciembre del 2004 presentamos un informe sumamente interesante a la Suprema Corte de Justicia, donde se le informaba que la mora judicial estaba eliminada en la jurisdicción de trabajo del Distrito Nacional.
Estamos hablando de que para esa fecha ya se habían rendido, entre el Juzgado de Trabajo y la Corte, 22,996 sentencias.
P: ¿Qué es la mora judicial?
R: La mora judicial es la expresión no deseable del retraso de la labor jurisdiccional en los tribunales, retraso que se expresa en el sentido de que los tribunales después de agotados ciertos plazos, que se le da a las partes, tienen un plazo para fallar los expedientes.
A modo de ejemplo, en materia civil los jueces tienen 60 días para fallar, y lo pueden prorrogar 30 días más; en materia de trabajo los plazos son muy breves: en primer grado, el Juzgado de Trabajo tiene 15 días para fallar, la Corte 30 días y el presidente de la Corte en atribuciones especiales del juez de los referimientos y de ejecución de la sentencia está llamado a rendir sus decisiones en un plazo mínimo de ocho días.
La jurisdicción de trabajo está especializada. Nosotros tenemos diez departamentos, es decir, una jurisdicción donde hay una Corte y hay tribunales de primera instancia.
P: ¿Qué tipo de estrategia ha dado como resultado los avances planteados?
R: En primer orden, la Tercera Cámara de Tierras, Laboral, Contencioso-Administrativa y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia fue el primer órgano de la jurisdicción de trabajo que se puso al día. Obviamente esa es la mística a seguir. Sin embargo, debemos destacar que en el Distrito Nacional se conformó un trabajo bastante entusiasta, donde había un compromiso de levantar la jurisdicción laboral, que quizás hay que reconocer que era la jurisdicción más desprestigiada cuando asumió la nueva Suprema Corte de Justicia.
Y de ese estado, donde se cuestionaban todas las sentencias de trabajo, tenemos la nueva jurisdicción que al año 2004 logra vencer toda la mora judicial y que es efectivamente que ningún problema disciplinario le ha dado a la Suprema Corte de Justicia.
P: ¿Hay alguna persona clave para que esto se lograra?
R: Decir que hay una metodología o una persona clave para esto, yo diría que no. Esto sería hasta ciertos puntos de vista mezquino. Es un trabajo de equipo, aunado, incluso con los jueces de primer grado. Realmente el trabajo de equipo ha funcionado de primer grado a la Corte, dentro de los jueces de primera instancia y a nivel de la Corte.
En el año 2005 y 2006 estamos al día y a los 22,000 expedientes que hemos conocido podríamos agregarle quizá 2,500 más. Estamos hablando de 25,000 expedientes resueltos en la jurisdicción de trabajo".
P: ¿Cuál es la situación de esta Corte, en términos procesales?
R: La Corte de Trabajo del Distrito Nacional, desde su nombramiento en noviembre de 1998, inició un proceso de actualización de los expedientes que estaban pendientes. Nosotros encontramos más de 5,000 expedientes y en un proceso igual o menor de cinco años, prácticamente pusimos esta jurisdicción al día.
Fue un trabajo coordinado con el Juzgado de Trabajo, donde también hubo una labor muy ardua, pues ellos encontraron unos 19,000 expedientes pendientes y había que darle una solución.
En diciembre del 2004 presentamos un informe sumamente interesante a la Suprema Corte de Justicia, donde se le informaba que la mora judicial estaba eliminada en la jurisdicción de trabajo del Distrito Nacional.
Estamos hablando de que para esa fecha ya se habían rendido, entre el Juzgado de Trabajo y la Corte, 22,996 sentencias.
P: ¿Qué es la mora judicial?
R: La mora judicial es la expresión no deseable del retraso de la labor jurisdiccional en los tribunales, retraso que se expresa en el sentido de que los tribunales después de agotados ciertos plazos, que se le da a las partes, tienen un plazo para fallar los expedientes.
A modo de ejemplo, en materia civil los jueces tienen 60 días para fallar, y lo pueden prorrogar 30 días más; en materia de trabajo los plazos son muy breves: en primer grado, el Juzgado de Trabajo tiene 15 días para fallar, la Corte 30 días y el presidente de la Corte en atribuciones especiales del juez de los referimientos y de ejecución de la sentencia está llamado a rendir sus decisiones en un plazo mínimo de ocho días.
La jurisdicción de trabajo está especializada. Nosotros tenemos diez departamentos, es decir, una jurisdicción donde hay una Corte y hay tribunales de primera instancia.
P: ¿Qué tipo de estrategia ha dado como resultado los avances planteados?
R: En primer orden, la Tercera Cámara de Tierras, Laboral, Contencioso-Administrativa y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia fue el primer órgano de la jurisdicción de trabajo que se puso al día. Obviamente esa es la mística a seguir. Sin embargo, debemos destacar que en el Distrito Nacional se conformó un trabajo bastante entusiasta, donde había un compromiso de levantar la jurisdicción laboral, que quizás hay que reconocer que era la jurisdicción más desprestigiada cuando asumió la nueva Suprema Corte de Justicia.
Y de ese estado, donde se cuestionaban todas las sentencias de trabajo, tenemos la nueva jurisdicción que al año 2004 logra vencer toda la mora judicial y que es efectivamente que ningún problema disciplinario le ha dado a la Suprema Corte de Justicia.
P: ¿Hay alguna persona clave para que esto se lograra?
R: Decir que hay una metodología o una persona clave para esto, yo diría que no. Esto sería hasta ciertos puntos de vista mezquino. Es un trabajo de equipo, aunado, incluso con los jueces de primer grado. Realmente el trabajo de equipo ha funcionado de primer grado a la Corte, dentro de los jueces de primera instancia y a nivel de la Corte.
En el año 2005 y 2006 estamos al día y a los 22,000 expedientes que hemos conocido podríamos agregarle quizá 2,500 más. Estamos hablando de 25,000 expedientes resueltos en la jurisdicción de trabajo".
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