La nueva titular de Pro Consumidor pone multas de hasta RD$2.3 millones

La entidad está facultada para multar hasta con 500 salarios mínimos

La funcionaria detalló los procesos que establece la Ley 107 para imponer una multa a un establecimiento. (Marvin del Cid)

SANTO DOMINGO. El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) puede establecer sanciones de hasta 500 salarios mínimos por las infracciones cometidas en contra de los clientes por los establecimientos que ofrecen bienes y servicios en República Dominicana.

Amparada en esa potestad, la nueva directora ejecutiva de Pro Consumidor, Anina del Castillo, en solo seis meses de gestión, ha impuesto varias multas a establecimientos que han violado la Ley 355-05 sobre protección de los consumidores, siendo la más alta de 300 salarios mínimos, lo que es igual a RD$2,352,900, ya que el sueldo más bajo del sector no sectorizado es de RD$7,843.

“Al establecimiento que tenía cinco mil productos vencidos le pusimos una multa de trescientos salarios mínimos, pero a otros les pusimos, ochenta, cincuenta, setenta, sesenta y veinte”, afirmó la funcionaria al participar como invitada en el Diálogo Libre, del Grupo Diario Libre.

Sin embargo, destacó que la Ley 107 establece unos procedimientos que hay que cumplir luego de que se impone una multa a un establecimiento por la infracción cometida en perjuicio de los consumidores.

“Después del establecimiento de la multa, está el período de reconsideración, durante el cual la misma administración a partir de los argumentos, si es que interponen el recurso de reconsideración, debe evaluar las pruebas aportadas y tiene que volver a fallar”, indicó la funcionaria.

Indicó que una vez fallado de nuevo, si la parte todavía no quiere, va al Consejo Directivo, que es el máximo ente regulador del Instituto Dominicano de Protección de los Derechos del Consumidor, y entonces ese órgano vuelve a verificar el caso.

Del Castillo dijo que parte de las cosas por las que todavía no se han publicado los nombres de algunos establecimientos es porque muchas de esas multas no son firmes, porque es necesario que se cumpla el debido proceso que manda la Ley 107 y que debe ser respetado.

“Si nosotros queremos exigir el cumplimiento de la ley a las otras partes, también tenemos que ceñirnos nosotros mismos a ley”, precisó la directora ejecutiva de Pro Consumidor.