Medio Ambiente ordena retirar infraestructuras impidan libre acceso a playas

Imagen facilitada por el Ministerio de Medio Ambiente en la que se ve brigadas de esa institución destruyendo infraestructuras próximas a las playas. (Ministerio de Medio Ambiente)

SANTO DOMINGO. El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales ordenó retirar toda infraestructura que impida el libre acceso y continuidad de la franja de dominio público marítima-terrestre de 60 metros desde la pleamar o que afecte los objetos de conservación de la franja de protección obligatoria de treinta metros en ambas márgenes de las corrientes fluviales y alrededor de los lagos, lagunas y embalses.

Una comunicación de prensa del Ministerio de Medio Ambiente indica que en un documento con fecha del 6 de septiembres se instruyó a los Viceministerios, a las Direcciones Provinciales y al Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA) del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales dar fiel cumplimiento a la disposición.

Explica que la medida está amparada en el Art. 15, párrafo único, de la Constitución de la República que dice: “Las cuencas altas de los ríos y las zonas de biodiversidad endémica, nativa y migratoria, son objeto de protección especial por parte de los poderes públicos para garantizar su gestión y preservación como bienes fundamentales de la Nación”.

Además, agrega, la Carta Magna expresa que “los ríos, lagos, lagunas, playas y costas nacionales pertenecen al dominio público y son de libre acceso, observándose siempre el respeto al derecho de propiedad privada”.

La resolución responde también a lo establecido en la Ley No. 64-00 que, en su Artículo 145, que establece que: “los bienes de dominio público marítimo-terrestre o costas pertenecen al Estado Dominicano y, por tanto, son inalienables, imprescriptibles e inembargables. Todo ciudadano tiene el derecho a su pleno disfrute, salvo las limitaciones que impone la seguridad nacional, lo cual será objeto de reglamentación.