Multas por obstrucción entre las más comunes

En lo que va de año se han reportado 16,891 por esta causa

La obstrucción de aceras expone a los peatones a serios peligros.
Santo Domingo. La frase "el peatón no es gente" cobra vida cada día en las calles y avenidas del Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo donde el irrespeto al espacio del ciudadano de a pie se repite a cada segundo. Para comprobarlo basta con salir a caminar por una de las avenidas principales del polígono central, por una de las denominadas "arterias comerciales" o simplemente por las estrechas calles de un barrio cualquiera.

No obstante, el problema no sólo se ve en la cotidianidad. También sobresale en las estadísticas oficiales sobre violaciones de tránsito como una de las 10 infracciones más frecuentes a la Ley 241 sobre Tránsito Terrestre. De acuerdo con los registros de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET), este año se han reportado a 16,891 conductores por estacionar sus vehículos en las aceras o por obstruir el cruce de cebra en las avenidas.

El pasado mes de noviembre fue en el que más personas se reportaron por obstruir el paso del peatón con 3,469. Le sigue julio, con 2,666; agosto con 2,057; septiembre con 1,707 y marzo con 1,314.

Las otras infracciones que aparecen en los primeros puestos dentro de las estadísticas de AMET son la obstrucción de tránsito (94,900 casos), violación a la luz roja (65,350 reportados), no portar cinturón de seguridad (50,248), carros de conchos sin rótulos (47,054), hablar por celular mientras conduce (41,193), violar señales de tránsito (24,780), doblar en "U" donde no se debe (20,325), transitar en vía contraria (19,650) y estacionar en zona prohibida con 14,313.

Las penas

Una de las causas que más incide en el hecho de que los conductores violen frecuentemente el espacio peatonal, es la debilidad de las penas. Y es que al igual que la mayoría de las infracciones penalizadas actualmente en la Ley 241, la obstrucción del espacio peatonal por vehículos de motor conlleva penas pecuniarias insignificantes. El artículo 81, que es el prohíbe el estacionamiento de vehículos en aceras y pasos peatonales, establece multas de RD$5 a RD$25 para quienes violenten estas disposiciones.

Desde el 2004

En el Distrito Nacional, la situación tomó un giro en 2004 a raíz de un acuerdo interinstitucional firmado entre la AMET y el Ayuntamiento del Distrito Nacional en aras de liberar las aceras de los vehículos. De ahí en adelante el dueño de todo motor que sea remolcado de las aceras tiene que pagar RD$500 para recupararlo. De esta cantidad RD$250 corresponden a AMET por transportar el motor al estacionamiento municipal e igual cantidad al cabildo.

Por los carros removidos se paga RD$1,300; RD$800 para AMET y RD$500 para el ADN, por las yipetas RD$1800 divididos de esta forma: RD$1,000 para AMET y RD$800 para el ADN. Por los camiones de un eje pagan RD$3,000; los de dos ejes RD$3,800 y los furgones con ruedas RD$4,500.

Sin embargo, en la práctica la implementación de la medida no ha significado un alivio real para la ciudadanía, pues según oficiales que trabajan en el estacionamiento, hay días en que remolcan 20 vehículos, pero hay otros en que no llevan ninguno.

Exclusiva de peatones

El artículo I de la Ley 241, sobre Tránsito Terrestre es claro al definir lo que es la acera. Según este artículo, la acera es la parte de la vía pública limitada por la línea del contén y la línea de las propiedades adyacentes, destinadas exclusivamente para el uso de los peatones.