Poder Ejecutivo crea comisión que implementará políticas de transformación para la Policía

La comisión será presidida por el presidente Luis Abinader

El Gobierno se encuentra desarrollando una reforma policial. (Fuente externa)

El Poder Ejecutivo creó este viernes mediante el decreto 2-22 una Comisión Ejecutiva que implemente los planes, estrategias y políticas de transformación y profesionalización de la Policía Nacional.

El objetivo de la comisión será poner en ejecución el diseño concebido por el grupo de trabajo para la transformación y profesionalización de la Policía Nacional, creado por el decreto 211-21, del 6 de abril de 2021.

El presidente Luis Abinader dispuso que la comisión tenga un comisionado ejecutivo bajo la dependencia directa del mandatario, quien presidirá al grupo, y que estará acompañado por el ministro de Interior y Policía, como vicepresidente; el ministro de la Presidencia, el comisionado y dos miembros designados.

El decreto muestra que el comisionado para la reforma policial tendrá como atribuciones, la dirección e implementación de todos los planes y acciones de la reforma y profesionalización de la Policía Nacional.

También conformar y dirigir los equipos técnicos y de asesoría que sean necesarios para lograr los objetivos planteados respecto a la reforma de la Policía Nacional. Presentar al Fideicomiso para la transformación y profesionalización de la Policía Nacional los planes, proyectos e iniciativas necesarios para llevar a cabo dicha reforma y que necesiten financiamiento.

De igual forma, presentar al Presidente informes trimestrales de las ejecuciones realizadas en cada trimestre del año y cada vez que le sea requerido. También validar para su aprobación ante el Comité Técnico del fideicomiso todos los planes, proyectos, gestiones e iniciativas que pudieran nacer del Fideicomiso para lograr la transformación y profesionalización de la Policía Nacional

El comisionado deberá redactar y proponer el reglamento de funcionamiento de la Comisión Ejecutiva, para la aprobación y promulgación por el presidente, además de cualquier otra facultad que le sea delegada por el mandatario.


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