PE somete al Senado tres convenciones de la ONU
SD. El Poder Ejecutivo sometió ayer al Senado, tres convenciones de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías, la prescripción de ese tipo de negociaciones y la utilización de las comunicaciones electrónicas en los convenios internacionales.
En su carta al Senado, el presidente Leonel Fernández explica que la adopción de normas aplicables a los contratos de compraventa internacional de mercaderías, en las que se tengan en cuenta los diferentes sistemas sociales, económicos y jurídicos, contribuiría a la supresión de obstáculos jurídicos con que tropieza el comercio internacional.
Agrega que esta convención promovería significativamente la evolución y desarrollo de ese comercio.
Fernández señala que la convención sobre la Prescripción en materia de Compraventa Internacional de Mercaderías proporciona normas jurídicas uniformes que regulan el período dentro del cual una parte debe iniciar el procedimiento judicial contra la otra para ejercitar una acción derivada de incumplimiento.
Sostuvo que los objetivos básicos del plazo de prescripción son impedir que se entablen procedimientos judiciales en una fecha tan tardía que las pruebas relativas a la acción se hayan vuelto poco fiables o se hayan perdido.
La convención protege contra incertidumbre y la injusticia que se produciría si una de las partes tuviera que permanecer expuesta a acciones no ejercidas durante un tiempo prolongado.
Mientras que la Convención sobre la Utilización de las Comunicaciones Electrónicas en los Contratos Internacionales tiene por fin ofrecer soluciones prácticas para los asuntos que plantean la utilización de medios electrónicos de comunicación para la celebración de este tipo de convenios.
Contribuiría a la armonización y unificación del derecho en materia de compra internacional de mercaderías.
Fernández señala que la convención sobre la Prescripción en materia de Compraventa Internacional de Mercaderías proporciona normas jurídicas uniformes que regulan el período dentro del cual una parte debe iniciar el procedimiento judicial contra la otra para ejercitar una acción derivada de incumplimiento.
Sostuvo que los objetivos básicos del plazo de prescripción son impedir que se entablen procedimientos judiciales en una fecha tan tardía que las pruebas relativas a la acción se hayan vuelto poco fiables o se hayan perdido.
La convención protege contra incertidumbre y la injusticia que se produciría si una de las partes tuviera que permanecer expuesta a acciones no ejercidas durante un tiempo prolongado.
Mientras que la Convención sobre la Utilización de las Comunicaciones Electrónicas en los Contratos Internacionales tiene por fin ofrecer soluciones prácticas para los asuntos que plantean la utilización de medios electrónicos de comunicación para la celebración de este tipo de convenios.
Contribuiría a la armonización y unificación del derecho en materia de compra internacional de mercaderías.
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