Julio Cury afirma que estado de emergencia no requiere ser aprobado por el Congreso
Según el jurista, la situación de necesidad que supone para el país detener la propagación del COVID 19, pudiese actuar como causal de evasión o dispensa de la Constitución
El jurista Julio Cury afirmó que si los diputados de la oposición se negasen a aprobar la extensión del estado de emergencia que solicitó el presidente Danilo Medina él podría adoptarlo por decreto.
Sostuvo que el jefe del Estado puede tomar esas medidas indispensables para los derechos fundamentales a la salud y a la vida, ya que a su juicio el principio de conservación del Estado y de la sociedad prevalece sobre toda norma constitucional.
Los bloques de diputados del (PRM) y Fuerza del Pueblo (FP) plantean que se aprueben solo 10 días de la extensión del plazo del estado de excepción solicitado por el Poder Ejecutivo y que este se prolongue solo hasta el 27 de mayo.
Argumentan que el Gobierno utiliza la pandemia para beneficiar a su candidato presidencial, obviando las medidas para enfrentar la crisis sanitaria debido al Covid-19.
El presidente Medina solicitó 25 días de extensión, los que fueron aprobados ayer por el Senado.
Cury sostuvo que la situación de necesidad que supone para el país detener la propagación del COVID 19, pudiese actuar como causal de evasión o dispensa de la Constitución, que establece que la medida debe ser sancionada por el Congreso Nacional.
En una comunicación afirma que la “genuina solución de una necesidad apremiante en términos de bien común, legitimaría la transgresión de las reglas de competencia de los poderes, ya que el principio de conservación del Estado y de la sociedad postula como derecho natural la necesidad emergente y circunstancial de superar la Constitución”.
Explicó que todas las veces que el Estado se ve amenazado por un daño inminente y muy grave para la comunidad, el derecho de necesidad “se emancipa de la Constitución” y sustituye la lógica jurídica de la normalidad por la lógica jurídica de la necesidad.
Citó los casos de Suiza y Estados Unidos que, según Cury, han adoptado en distintos momentos de su historia medidas transgresoras de las competencias constitucionales para asegurar su preservación.
“Sin Estado no hay Constitución, por lo que toda híper-necesidad, como la llama el eminente constitucionalista argentino Néstor Pedro Sagués, en la que el cumplimiento formal de la ley suprema conlleve la extinción del Estado o de la sociedad, justifica su evasión o dispensa, otorgándole al presidente lo que la doctrina llama una suerte de piedra libre en sus actuaciones”, puntualizó.
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