Junta declara inadmisible recurso interpuesto por la oposición sobre la transmisión de los resultados
El pleno de la Junta determinó que el recurso estaba interpuesto fuera de tiempo
El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) ratificó este jueves Resolución 14/2020 sobre Transmisión y Divulgación de Resultados Electorales en las Elecciones Municipales del año 2020, mediante la Resolución 15/2020, la cual rechaza el recurso de revisión interpuesto por la Fuerza del Pueblo (FP) y declara inadmisibles los recursos interpuestos por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), Fuerza Nacional Progresista (FNP) y Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC).
Según un comunicado de prensa de la institución, la resolución declara inadmisibles por extemporáneos los recursos interpuestos por los partidos PRM, FNP y PQDC, recibidos en fecha 4 de febrero de 2020, porque fueron notificados fuera del plazo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral 15-19 del 18 de febrero de 2019.
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Respecto al recurso interpuesto por la Fuerza del Pueblo, fue rechazado en cuanto al fondo “en virtud de que se mantienen incólumes los motivos y las razones legales que dieron origen a la Resolución 14-2020 de fecha 30 de enero de 2020, dictada por el Pleno de la Junta Central Electoral”.
La Resolución se encuentra firmada por el presidente de la Junta, Julio César Castaños Guzmán, y por los miembros titulares Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, así como Ramón Hilario Espiñeira Ceballos, secretario general.
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