Tribunales sentaron precedentes sobre la distribución de fondos a partidos políticos

Leonel Fernández advierte que es ilegal recortar el 50% del presupuesto de esas agrupaciones

Jueces del Tribunal Constitucional.

Los tribunales Constitucional (TC), Superior Electoral (TSE) y Superior Administrativos (TSA) ya han fijado criterios en torno al orden de los partidos en las boletas electorales y distribución de recursos al dilucidar casos de los que han sido apoderados.

Entre esos procesos están las demandas en nulidad contra la resolución 02-2017 de la Junta Central Electoral (JCE), incoada el 20 de febrero de 2017 en el TSE, por casi 20 partidos.

A causa de esas demandas, el TSE falló anulando la Resolución 02/2017, dictada por la JCE el 7 de febrero de 2017 y declaró que el criterio a ser aplicado para la categorización de los partidos políticos sería el fijado en el punto número 5 del acta 31/2016, del 8 de mayo de 2016, adoptada por la Junta. Dicho punto establecía que sería con base en la votación obtenida por cada partido en el nivel presidencial.

El TSE argumentó que la JCE violó el principio de seguridad jurídica porque estableció unas reglas para las elecciones del 15 de mayo de 2016, pero las dejó sin efecto y cambió las reglas establecidas previamente. También concluyeron que la JCE no tenía competencia para conocer de ningún asunto contencioso.

Un recurso de revisión a esa decisión fue sometido por los partidos Bloque Institucional Social Demócrata (BIS) y el Partido de Unidad Nacional (PUN) ante el TC, que terminó anulando la sentencia del TSE.

El TC determinó que al criterio para determinar la categorización de los partidos políticos para los fines de distribuir el financiamiento público no constituía un “asunto contencioso-electoral, por lo que el asunto no era competencia del TSE”.

La sentencia TC/0611/19 del 26 de diciembre de 2019 estableció que el TSE incurrió en una falta que afectaba el debido proceso y ordenó enviar el expediente ante el TSA. La JCE procedió a emitir la resolución 34-19 sobre orden de los partidos en las boletas basados en la 02-2017, que había recobrado vigencia tras el fallo del TC. Volvía a fundamentarse en los cuatro niveles de elección previa.

El Partido Revolucionario Dominicano interpuso un recurso en contra de la resolución 34-19 ante el TSA, que fue rechazado. El tribunal determinó que la JCE procedió en virtud de su facultad reglamentaria.

De ahí, la JCE ordenó a los partidos en las boletas de las elecciones del 5 de julio según los votos de cuatro niveles de elección del año 2016, y así mismo dispuso la distribución de recursos.

El presidente de Fuerza del Pueblo (FP), Leonel Fernández, advirtió que sería ilegal recortar el 50% de la partida de los partidos políticos en la Ley 237-21 de Presupuesto General del Estado, para redirigirla a la construcción de una extensión de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) en Santo Domingo Este.

“Nosotros construimos nueve extensiones de la UASD sin recortar el presupuesto de los partidos”. Leonel FernándezPresidente de FP

Periodista y escritor egresado de la UASD con una trayectoria en prensa televisiva y varios medios impresos.