Andeclip sobre ARS: "Tenemos los pies sobre la tierra, lo que estamos planteando es negociar"
La DIDA advierte que clínicas no pueden suspender servicios a afiliados pese a anuncio de Andeclip
La Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip) celebrará mañana, miércoles, una asamblea con representantes de centros de salud de todo el país para decidir si suspende la atención a los afiliados de determinadas Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), en reclamo de una actualización de las tarifas que reciben por los servicios hospitalarios.
El presidente del gremio, Rafael Mena, explicó a Diario Libre que la discusión no involucra las consultas médicas, sino los pagos que las ARS realizan a las clínicas por internamientos y demás servicios hospitalarios.
"Desde que entró la Ley 87-01 (en 2001), la misma ley dice que la inflación en salud debe ser compensada. El Banco Central ha dicho que la inflación en salud ha crecido un 109 %. A nosotros solamente nos han aumentado un 25 % en los 25 años que tiene la Ley de Seguridad Social", afirmó Mena.
- El dirigente sostuvo que, tomando como referencia esas cifras, las clínicas entienden que existe un desfase de 84 % entre el incremento de sus costos operativos y los ajustes que han recibido por parte de las ARS.
"Tenemos los pies sobre la tierra. No estamos pidiendo que se nos compense con ese 80 y tanto por ciento. Lo que estamos planteando es negociar un porciento", expresó.
Mena también calificó de insuficiente la propuesta de incremento presentada hasta el momento.
"Lo que nos hicieron fue un aumento de 8 %: un 3 % ahora y el otro 5 % en tres años. Eso es una burla", manifestó al referirse a los últimos acuerdos firmados.
DIDA advierte que los servicios no pueden suspenderse
Ante el anuncio de una eventual paralización, la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) advirtió este lunes que las clínicas privadas no pueden suspender la atención a los afiliados de las ARS.
El director general de la DIDA, Elías Báez, afirmó que la atención oportuna a los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social constituye una obligación legal y no puede ser interrumpida por diferencias económicas entre las clínicas y las aseguradoras.
Recordó que la Ley 87-01 reconoce el derecho de los afiliados a recibir prestaciones de salud oportunas y de calidad, mientras que la Ley General de Salud 42-01 establece la responsabilidad de los prestadores de garantizar servicios accesibles, continuos y oportunos para la población.
"El derecho a la salud de los afiliados debe prevalecer en todo momento", expresó Báez.
La institución indicó que mantendrá un monitoreo permanente de la calidad y oportunidad de los servicios brindados.
¿Qué es la indexación que reclaman las clínicas?
La indexación que reclama Andeclip consiste en actualizar las tarifas que las ARS pagan a las clínicas por los internamientos y otros servicios hospitalarios para reflejar el aumento acumulado de los costos de operación.
Según explicó Mena, el reclamo no incluye las consultas médicas ni los honorarios de los especialistas, sino los pagos que reciben los centros de salud por la atención de pacientes hospitalizados.
Por ejemplo, si en 2007 una ARS pagaba 1,000 pesos por un procedimiento, Andeclip sostiene que, debido a la inflación acumulada en el sector salud, esa tarifa debería haber aumentado un 110 %, por lo que hoy ascendería a 2,100 pesos.
Sin embargo, asegura que las ARS solo han aplicado un incremento de 25 %, por lo que actualmente pagan 1,250 pesos. La diferencia entre lo que reclaman las clínicas y lo que reciben sería de 850 pesos por ese procedimiento.
El gremio insiste en que los ajustes aplicados por las ARS han sido insuficientes, lo que, según afirma, ha deteriorado la situación financiera de las clínicas privadas.
¿Qué tendría que pagar un paciente?
De su lado, el abogado experto en Seguridad Social, Frank Aristy, explicó que, de cara al paciente, la Ley 87-01 contempla copago por el 30 % de los medicamentos ambulatorios.
Según detalló, en el año 2009 se fijó una cuota moderadora variable, donde el paciente paga 10 % del costo de los procedimientos de cirugía y 15 % de internamiento hasta un tope de un salario mínimo nacional, fijado actualmente en 23,223 pesos.
“Si un afiliado va a una clínica y le hacen una cirugía, ese afiliado tiene que pagar el 10 % del costo de los servicios, pero hasta el tope de 23,223 pesos. ¿Qué quiere decir eso? Si la factura hace 50,000 pesos por una cirugía, ese afiliado tiene que pagar 5,000 pesos”, detalló.
“Pero, si la factura hace 500,000 pesos, el afiliado no tiene que pagar 50,000 pesos, que es el 10 % de 500,000. El afiliado solamente tiene que pagar hasta la suma de un salario mínimo nacional de la seguridad social, el que está vigente actualmente, que es 23,223”, añadió.
El abogado aclaró que los afiliados tienen que pagar la diferencia en el costo de la habitación.
- “Si una habitación diaria está en 2,500 pesos, el seguro le cubre 2,346 pesos”, declaró.
En cuanto a los honorarios médicos, Aristy indicó que “el costo más grande de bolsillo son los honorarios médicos. Los afiliados no deben pagar honorarios. En la factura de la clínica deben incluir los honorarios”.
Comentó que se ha convertido en una práctica porque el paciente no quiere entrar en contradicción con el médico tratante, haciendo muchas veces pagos por fuera de la factura.
“El médico tiene derecho a cobrarle los honorarios que quiera a un paciente privado pero un afiliado al Sistema Dominicano de Seguridad Social no tiene que pagarle honorarios médicos, quien tiene que pagar los honorarios es la ARS”, concluyó.