Se obligaría advertir productos grasientos

Una modificación a la Ley de Salud fue aprobada en segunda lectura por diputados

Ministerio de Salud Pública será quien determinará las propiedades nutritivas particulares para los fines de la aplicación de la ley.

La Cámara de Diputados aprobó ayer la modificación a la Ley General de Salud 4201 en lo que tiene que ver con la regulación de los establecimientos de expendio de comida rápida y la información sobre los datos nutricionales de los alimentos de venta al público.

La propuesta de ley, que ahora irá al Senado, plantea cambiar el artículo 126 de la norma en el cual se establecería que el Ministerio de Salud Pública será el que “determinará los productos a los que puedan atribuírseles propiedades nutritivas particulares y gustativas, incluyendo los que se destinen a regímenes especiales de alimentación”.

El proyecto, aprobado a unanimidad por 102 votos a favor y 7 abstenciones, dispondría que dichos alimentos debieran reunir también las condiciones de las normas de identidad y de calidad cuando éstas hubieren sido aprobadas específicamente para un alimento determinado.

“En las entradas de los establecimientos de comida rápida deberá figurar de forma visible y colores contrastes, la advertencia publicitaria: “El consumo de alimentos procesados de alto contenido calórico y bajo valor nutricional, provoca obesidad, problemas cardiovasculares y de diabetes”, establece la modificación, sometida por el diputado Juan Carlos Quiñones. CR