Subero Isa: No le temo a la convocatoria del CNM

Dice que ha sido el único juez que ha puesto su cargo a disposición del CNM

El presidente de la SCJ, Jorge Subero Isa

SANTO DOMINGO. Tras manifestar que no le teme a una convocatoria del Consejo Nacional de la Magistratura, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, sostuvo que frente a las posibles vacantes que se produzcan en ese alto tribunal debe respetarse el escalafón judicial.

"Las posibles vacantes que se produzcan en el seno de la Suprema Corte de Justicia, deben de cubrirse, necesariamente, con los jueces de carrera, con los jueces de Cortes de Apelación".

Afirmó que esta es la única manera en que se respeta la Ley de Carrera Judicial. "No buscar personas que estén fuera de la Carrera Judicial para cubrir esas vacantes".

Conforme al criterio de la SCJ, que lo ha manifestado en varias sentencias, dijo que la elección de los jueces hecha el 3 de agosto de 1997 fue en virtud de un mandato constitucional absoluta, que solamente pueden ser destituidos por faltas graves, por una baja evaluación del desempeño o falta disciplinaria.

 "La Ley de Carrera Judicial se aprobó en 1998, mucho tiempo después de la designación de nosotros, y en virtud de la Constitución las leyes no surten efectos retroactivos".

Observó que los magistrados de la SCJ que quieran irse lo harían porque así lo dista su voluntad y no porque estén obligados a hacerlo, "por lo menos los que fueron elegidos el 3 de agosto del año 1997". Preguntado si teme ser destituido por el CNM, Subero Isa recordó que puso su cargo a disposición del organismo en el 2007. "Yo lo ratifico hoy en día, a mi no me interesa seguir en la Suprema Corte de Justicia".

Estudia carta

Subero Isa informó que estudia una carta enviada por el senador Francisco Domínguez Brito, el 26 de mayo pasado, en la que solicita que imparta instrucciones a los jueces de los tribunales de niños, niñas y adolescentes, con la finalidad de que sea descontinuada la práctica de emitir resoluciones de actas de nacimiento tardía, a pesar de ser incompetentes de acuerdo con la nueva Ley 180-07.