Varios minoritarios perderían reconocimiento
La falta de apoyo electoral limita su mantenimiento como partido reconocido por la JCE
Santo Domimgo. Seis de los ocho partidos que presentaron candidaturas independientes para los próximos comicios presidenciales del 16 de mayo, corren el riesgo de perder su personería jurídica ante la JCE, de no alcanzar el vital 2% de los votos válidos que se emitan en la contienda electoral.
La Alianza Social Dominicana (ASD), que va con Carlos Ramón Bencosme Adames; el Partido Demócrata Popular (PDP), que sigue a Ramón Nelson Didiez Nadal; Fuerza de la Revolución que inscribió la candidatura de Rafael Flores Estrella, son algunas de las organizaciones que podrían quedar sin calidad legal en el máximo tribunal electoral.
Además están el Partido Nueva Alternativa (PNA), con Ramón Almánzar; y los recién reconocidos Partido Por la Auténtica Democracia (PAD), que propugna el voto por su candidato, el comunicador Raúl Pérez Peña (Bacho), y el Movimiento de Solidaridad Nacional (MSN), de Ramóm Emilio Concepción.
Según el literal a) del artículo 65 de la Ley Electoral, la JCE "declarará extinguida lapersonería jurídica" de un partido, si éste no ha "obtenido por lo menos un 2% de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones nacionales ordinarias presidenciales, siempre y cuando no ostente representación congresional o municipal".
Así sucedió, por ejemplo, luego de las elecciones del 2000, con el PNA, FR, la UDC y la APD, liderada por Max Puig, que perdieron su personería, pero finalmente fueron reivindicadas mediante la resolución 01/2002, de la JCE.
También fueron posteriormente salvados por otra decisión de la JCE el PNA, la FR y la UDC, que se sumó el PQD, que perdió la representación congresional con que contaba en aquel momento.
[b]Alianzas[/b]
Las alianzas con los principales partidos han sido un recurso al que han apelado tradicionalmente los partidos minoritarios para no perder su personería jurídica.
Otra causa de extinción es la no participación en dos elecciones consecutivas.
Según el literal a) del artículo 65 de la Ley Electoral, la JCE "declarará extinguida lapersonería jurídica" de un partido, si éste no ha "obtenido por lo menos un 2% de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones nacionales ordinarias presidenciales, siempre y cuando no ostente representación congresional o municipal".
Así sucedió, por ejemplo, luego de las elecciones del 2000, con el PNA, FR, la UDC y la APD, liderada por Max Puig, que perdieron su personería, pero finalmente fueron reivindicadas mediante la resolución 01/2002, de la JCE.
También fueron posteriormente salvados por otra decisión de la JCE el PNA, la FR y la UDC, que se sumó el PQD, que perdió la representación congresional con que contaba en aquel momento.
[b]Alianzas[/b]
Las alianzas con los principales partidos han sido un recurso al que han apelado tradicionalmente los partidos minoritarios para no perder su personería jurídica.
Otra causa de extinción es la no participación en dos elecciones consecutivas.
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