¿Cuándo no te deberían cobrar el 0.15 % de impuesto a la transferencia?

Conoce tus derechos como consumidor de los servicios financieros

En la República Dominicana se retiene un impuesto del 0.0015 (1.5 por mil) a las operaciones que implican pago, acreditación, transferencias de fondos, desembolsos o movimientos que conllevan traslado de valores (aún sea este traslado de un registro de cuenta u otro). Pero también hay excepciones. 

Laura Camacho, de Economics Data, te dice cuáles son esas excepciones en esta entrega de la Guía del Dinero.

  

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