Consideran Ley de incentivos fronterizos debe mantenerse por más años

La AIRD considera ley debe mantenerse y no eliminarse, pero sin la competencia desleal

Esta gráfica de la portada del boletín del MICM, muestra las zonas que son beneficiadas por la Ley 28-01. (Tomado del MICM)

Las autoridades del Viceministerio de Zonas Francas y Regímenes Especiales (Vizfre) del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) consideran que la Ley 28-01 debe mantenerse debido a las condiciones desiguales de la región fronteriza de la República Dominicana.

Entienden que una política de incentivos especiales para la frontera es perfectamente procedente desde el punto de vista legal y necesario desde el punto de vista social, productivo y de seguridad nacional.

A través del boletín número 36 de diciembre de 2019 del MICM, en un artículo firmado por Adrián Lebrón Oviedo, director de Regímenes Especiales de ese ministerio, se indica que lo que se debe es repensar el diseño institucional y los instrumentos que contiene la Ley 28-01, para perseguir incentivar la actividad productiva, mirando cuáles incentivos son necesarios y cuáles no, reorientarlos hacia un modelo más eficiente desde el punto de vista socioeconómico, que evite generar distorsiones en el mercado interno y en la medida de lo posible sea menos onerosa desde el punto de vista fiscal.

Apuntan que, desde el punto de vista de la gobernanza y el diseño institucional de la Ley expresado en la estructura orgánica del Consejo de Coordinación de la Zona de Desarrollo Fronterizo (CCDF) y su oficina técnica, la misma debe ser objeto de una reestructuración que mejore su implementación, tomando en cuenta el número de integrantes del CCDF de 36 miembros lo hace disfuncional, dada la dificultad natural de reunir el quórum requerido para sesionar.

También, que la participación de los legisladores dentro de dicho consejo es improcedente desde el punto de vista constitucional y legal, ya que el rol de administrador de la Ley que juega el CCDF, es de naturaleza ejecutiva y por tanto colisiona directamente con las funciones del Congreso.

A juicio del decano de la Facultad de Economía de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) la Ley 28-01 que crea una Zona Especial de Desarrollo Fronterizo debe mantenerse, indicando que la misma lo que hay es que revisarla para que pueda lograr los objetivos para lo que fue creada.

Sin embargo, precisa que para garantizar que la futura ley pueda cumplir más eficazmente su rol, es necesario garantizar que la dicha norma contenga otras disposiciones. En el Viceministerio de Zonas Francas y Regímenes Especiales proponen: lograr que se modifique la composición del Consejo de Desarrollo Fronterizo, sin la participación de los legisladores, pues esta función administrativa del Congreso choca con las facultades ejecutivas constitucionales del Poder Ejecutivo.

También, consideran que se debe extender el plazo de aprovechamiento de las exenciones fiscales por otros 20 años, o el que sea determinado por el superior gobierno; plantean, además, la adscripción formal de la Oficina Técnica del Consejo de Desarrollo Fronterizo y su Dirección Ejecutiva al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes como una sectorial dentro de su estructura orgánica.

El documento del MICM indica que se debe establecer al ministro de Industria, Comercio y Mipymes, como presidente del Consejo de Desarrollo Fronterizo, por las razones expuestas precedentemente, el modelo administrativo propuesto será el mismo del Consejo Nacional de Zonas Francas.

Además, proponen alinear incentivos a la Estrategia Nacional de Desarrollo, en el sentido de hacerlos consistentes con el desarrollo de una política industrial, la competitividad y la sostenibilidad fiscal a largo plazo. Incluye fortalecer el proceso de fiscalización y control de las operaciones de las empresas acogidas al régimen.

Adrián Lebrón Oviedo, director de Regímenes Especiales del MICM, apunta que, dado que el 89% de las empresas e inversión está concentrado en las provincias del Norte, resulta relevante considerar una diferenciación de las exenciones, para tratar de compensar la disparidad de ambas subregiones y evaluar posibles incentivos diferenciados para el Norte y el Sur.

“Hoy más que nunca se hace indispensable el conocimiento y aprobación de la modificación de la Ley 28-01, para evitar poner en riesgo los empleos creados por este instrumento de políticas públicas; no solo para salvar a las empresas acogidas a dicho régimen, sino para seguir levantando el muro del desarrollo productivo en la frontera que es el único capaz de garantizar su estabilidad y por ende la seguridad de la República Dominicana”, cita en su publicación en el boletín número 36 del MICM.

Graduado en comunicación social en la Universidad O&M. Cursó un Máster en Comercio Internacional en el Centro Europeo de Postgrado CEUPE, tiene varios diplomados en economía, aduanas, sector eléctrico, impuestos y periodismo de investigación.