DGII emite normas para retenciones
La DGII establece un pago mínimo mensual de RD$5,010 a las bancas deportivas
SD. La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió ayer dos resoluciones con las que extiende el cobro de retenciones.
Con la Norma General 13-11 establece que las entidades de intermediación financiera reguladas por las disposiciones de la Ley No. 183-02, quedan instituidas como agentes de retención cuando efectúen pagos por concepto de intereses de cualquier naturaleza a las Personas Jurídicas establecidas en las disposiciones del artículo 297 del Código Tributario o a cualquier otra entidad que obtenga rentas gravadas por el Impuesto sobre la Renta, por concepto de intereses pagados por las entidades de intermediación financiera.
La retención aplicable será del 1% del valor pagado o acreditado a cuenta o colocado a la disposición exclusiva de la Persona Jurídica y entra en vigencia el primero de octubre.
La disposición no aplica para los intereses devengados por las personas físicas. Mientras que con la Norma 12-2011, establece el pago mínimo transitorio mensual de RD$5,010 para las bancas de apuestas deportivas.
La disposición no aplica para los intereses devengados por las personas físicas. Mientras que con la Norma 12-2011, establece el pago mínimo transitorio mensual de RD$5,010 para las bancas de apuestas deportivas.