Ministerio de Trabajo recuerda a empleadores renovar Planilla de Personal Fijo antes del 15 de enero

Advierte que las empresas que no lo hagan serán susceptible de sanciones penal laboral

Fachada del Ministerio de Trabajo. (Fuente externa)

El Ministerio de Trabajo recordó este martes a todos los empleadores presentar ante la Dirección General de Trabajo (DGT) la Planilla del Personal Fijo (DGT-3) dentro de los primeros quince días del mes de enero de 2026.

Asimismo, mediante una nota de prensa, indicó que las Planillas de Personal Fijo se renovarán anualmente y se depositarán ante la DGT a más tardar el día 15 de enero, de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 del reglamento 258-93, para la aplicación del Código de Trabajo.

Señaló que para la renovación es imprescindible actualizar los datos de la empresa y los establecimientos para poder continuar con el registro del sistema.

Procedimiento

El documento debe ser registrado a través de la siguiente dirección electrónica https://ovi.mt.gob.do, procediendo a registrar sus trabajadores en el establecimiento en que estén prestando sus servicios y, una vez estén seguros de que las informaciones contenidas en la planilla estén correctas, deberán proceder a efectuar el pago correspondiente. Primero, realizar una transacción electrónica con tarjeta de crédito o de débito; segundo, adquirir un PIN en una de sus representaciones locales de trabajo y proceder con el registro definitivo.

Nuevas empresas

La nota precisa que para los registros de nuevas empresas o empleadores, el procedimiento es el siguiente:

  • Primero: deben ingresar a la siguiente dirección https: //ovi.mt.gob.do, presionar la opción de nueva empresa para crear el usuario. 
  • Segundo: una vez creado el usuario, siguiendo los pasos del sistema, completará los datos de la empresa y establecimiento.
  • Tercero: finalizado todo el registro de los trabajadores y enviado su DGT-3, el mismo le generará  el  monto a pagar.
  • Cuarto: realizar el pago mediante una transacción electrónica con tarjeta de crédito o de débito; luego adquirir un PIN en una de nuestras representaciones locales de trabajo y proceder con el registro definitivo.

Sanciones 

El documento resalta que transcurrido el plazo de los primeros quince días de enero sin que el empleador haya cumplido con este mandato legal, será susceptible de las sanciones penal laboral contempladas en el Código de Trabajo.

  • Para mayor información deben comunicarse con nosotros al correo electrónico sirla.info@mt.gob.do, o llamar a los números 809-535-4404, opción 1, o a las extensiones: 3004, 3005 y 3016.

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