Proyecto durará nueve años reduciendo la comisión que cobran las AFP
Senadores aprueban reducir un 0.5% cada año, hasta 2029, a los márgenes de ganancias de las administradoras
La comisión anual que cobran las aseguradoras de fondos de pensiones (AFP) se reducirá cada año, desde el 1.40% que devengan en la actualidad hasta un 0.75% en 2029, según un proyecto de ley aprobado por los senadores dominicanos, que establece una disminución de un .05% cada año en los saldos administrados.
El proyecto que modifica el recargo por mora en los pagos al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), fortalece la Tesorería (TSS) y la Dirección de Información y Defensa del Afiliado (DIDA) y modifica el esquema de comisiones de las AFP, indica que a partir de 2030 dicho porcentaje (0.75%) deberá revisarse para ajustarlo a las proyecciones de crecimiento de los fondos administrados.
Las modificaciones a la legislación buscan reducir los márgenes de ganancias de las AFP. El último boletín trimestral de la Superintendencia de Pensiones (Sipen) indica que la rentabilidad sobre los activos (ROA) de las diferentes administradoras van desde un 6% hasta un 60%.
Las AFP logran rentabilidad de más RD$5,000 millones en el tercer trimestre
En tanto, por concepto de la rentabilidad sobre el capital invertido (ROE), las seis AFP que controlan el pastel de los fondos de pensiones (Atlántico, Crecer, Popular, Reservas, Romana y Siembra) registraron ganancias durante el tercer trimestre del año pasado que van desde un 10% hasta un 65%.
El patrimonio de los fondos de pensiones ascendía, al pasado septiembre, a RD$684,166.6 millones, de los cuales las AFP tenían RD$537,440.3 millones, equivalente al 78.5% del total. En diciembre de 2019 el sistema registró una rentabilidad promedio de un 10.82%.
“Los contratos firmados entre la AFP y el afiliado consignarán claramente el monto y las modalidades de las comisiones a cobrar y serán revisados y autorizados por la Sipen. Las AFP podrán reducir las comisiones siempre que sean aplicadas de manera uniforme e indistinta a todos sus afiliados. Se considera contrario a la ley otorgar cualquier tipo de incentivo de carácter discriminatorio”, establece el proyecto en su artículo 86.
Asimismo, la ley obliga a las administradoras a informar a la Superintendencia y publicar en dos diarios de circulación nacional el monto de las comisiones establecidas, a más tardar el 30 de septiembre del año anterior a la comisión definida.
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