Superintendencia de Bancos se une a objeción de Norma DGII
La DGII afirma que no está violando la ley con retención
SANTO DOMINGO. Con la adhesión de la Superintendencia de Bancos a la demanda de nulidad de la Norma General No.13-2011, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo se reservó el fallo de un recurso de amparo interpuesto por la Asociación de Bancos Comerciales de la República Dominicana y la Liga de Asociaciones de Ahorros y Préstamos.
La disposición administrativa de la DGII, de fecha 05 de septiembre de 2011, dispone que a partir del primero de octubre, la banca debe retener el 1% de los intereses de las empresas.
Los jueces Sara Henríquez Marín, presidenta, Federico Fernández y Judith Esmurdoc anunciaron que convocarán a las partes cuando se fije la fecha de lectura de la decisión.
Asimismo, el tribunal de jurisdicción nacional anunció que la fecha del fallo será comunicada a las partes mediante auto.
Otorgó un plazo de cinco días a las partes, contados a partir del lunes, para conclusiones ampliadas, tanto sobre los incidentes como lo relativo al fondo.
Los abogados que representan en el amparo a los 23 bancos y asociaciones de ahorros y préstamos, Eduardo Jorge Prats, Edgar Barnichta Geara, Ovadis Marmolejos, Manuel Valerio Jiminián y César Joel Peña solicitaron constatar y declarar que la Norma General de la DGII viola los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, a la legalidad, la seguridad jurídica y la razonabilidad de los accionantes.
Asimismo, declarar su nulidad constitucional de pleno derecho y ordenar a la DGII revocarla y dejarla sin efectos.
En su intervención forzosa, la Superintendencia de Bancos se adhirió a través de su abogado Teófilo Regús al planteamiento de los bancos comerciales, por considerar que la acción tiene méritos constitucionales y asidero legal.
"Con la emisión de la Norma No.13-2011, la Dirección General de Impuestos Internos viola la Constitución", dijo, tras manifestar que la misma alude el secreto bancario, el cual tiene una interpretación constitucional, al estar vinculado con los usuarios del sistema financiero.
Solicitó comprobar que la norma viola el secreto bancario, que conlleva una fundamentación de corte constitucional, el cual consagra el derecho a la intimidad, y declarar sin ningún efecto jurídico la disposición. De su lado, la DGII solicitó declarar inadmisible el recurso de amparo, por no violar los derechos fundamentales.
Dirección de impuestos Internos
Los abogados de la DGII, Fabiola Medina, Reynaldo Ramos Morel y Jesús Franco solicitaron al tribunal rechazar el recurso de amparo porque no hay violación al debido proceso administrativo. Consideraron que la elaboración de la Norma no puede asumirse como un proceso sancionador. También que las entidades de intermediación financiera fueron enteradas por la DGII de las pretensiones de emitir la disposición. Además que la entidad está facultada para identificar los agentes de retención en la práctica.
Asimismo, el tribunal de jurisdicción nacional anunció que la fecha del fallo será comunicada a las partes mediante auto.
Otorgó un plazo de cinco días a las partes, contados a partir del lunes, para conclusiones ampliadas, tanto sobre los incidentes como lo relativo al fondo.
Los abogados que representan en el amparo a los 23 bancos y asociaciones de ahorros y préstamos, Eduardo Jorge Prats, Edgar Barnichta Geara, Ovadis Marmolejos, Manuel Valerio Jiminián y César Joel Peña solicitaron constatar y declarar que la Norma General de la DGII viola los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, a la legalidad, la seguridad jurídica y la razonabilidad de los accionantes.
Asimismo, declarar su nulidad constitucional de pleno derecho y ordenar a la DGII revocarla y dejarla sin efectos.
En su intervención forzosa, la Superintendencia de Bancos se adhirió a través de su abogado Teófilo Regús al planteamiento de los bancos comerciales, por considerar que la acción tiene méritos constitucionales y asidero legal.
"Con la emisión de la Norma No.13-2011, la Dirección General de Impuestos Internos viola la Constitución", dijo, tras manifestar que la misma alude el secreto bancario, el cual tiene una interpretación constitucional, al estar vinculado con los usuarios del sistema financiero.
Solicitó comprobar que la norma viola el secreto bancario, que conlleva una fundamentación de corte constitucional, el cual consagra el derecho a la intimidad, y declarar sin ningún efecto jurídico la disposición. De su lado, la DGII solicitó declarar inadmisible el recurso de amparo, por no violar los derechos fundamentales.
Dirección de impuestos Internos
Los abogados de la DGII, Fabiola Medina, Reynaldo Ramos Morel y Jesús Franco solicitaron al tribunal rechazar el recurso de amparo porque no hay violación al debido proceso administrativo. Consideraron que la elaboración de la Norma no puede asumirse como un proceso sancionador. También que las entidades de intermediación financiera fueron enteradas por la DGII de las pretensiones de emitir la disposición. Además que la entidad está facultada para identificar los agentes de retención en la práctica.
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