Una huelga contra la justicia
Justicia y educación comparten carácter de servicio público esencial
En el 2019, el Tribunal Constitucional dejó sentado un principio de alcance mayor: cuando colisionan el derecho a protesta de un gremio y un servicio público esencial, el interés colectivo se impone.
La decisión, en un caso referente a una huelga de la ADP, privilegió el derecho a la educación sobre las paralizaciones docentes porque entendió que los estudiantes no podían ser rehenes de un conflicto laboral. El razonamiento es perfectamente trasladable a la anunciada huelga de jueces y servidores judiciales.
La justicia, igual que la educación, no es un lujo administrativo. Es un servicio público esencial. Cuando los tribunales se paralizan, no se detiene una oficina cualquiera: se suspenden libertades, se retrasan pensiones alimentarias, audiencias penales, desalojos, recursos constitucionales y procesos laborales. El ciudadano común queda atrapado en una fila infinita de expedientes mientras el Estado de derecho se oxida lentamente.
Nadie discute que jueces y empleados judiciales tengan derecho a reclamar mejores condiciones. Lo discutible es el método. Porque si el Tribunal Constitucional sostuvo que el derecho a huelga no puede vaciar el contenido esencial del derecho a la educación, con más razón habría que sostener que ninguna protesta puede bloquear el acceso ciudadano a la justicia.
Sin justicia operando, la democracia empieza a tambalearse peligrosamente.
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