El voto de arrastre
De la lectura combinada de la Ley 15-19 orgánica de Régimen Electoral y la 157-13, que establece el voto preferencial, parece claro que los legisladores dejaron intacto el arrastre en los comicios para elegir a los miembros del Poder Legislativo.
Aunque la Ley del Régimen Electoral hace una distinción que la Finjus llama “conceptual”, de la economía general de los textos lo que surge es que el voto de arrastre permanece en nuestra legislación y en la realidad electoral.
Y no podía ser de otra manera y los partidos no pueden alegar ignorancia. Los actuales legisladores no se iban a clavar el cuchillo. Todos saben que se necesitan, pues en algunas demarcaciones el candidato a senador arrastra a los demás y en otros son los diputados los que impulsan la candidatura senatorial. Es un juego en el que todos ganan y que evita otro juego perverso que se ha dado en el sistema, como es el voto cruzado, por medio del cual un candidato hace acuerdos con otro de un partido contrario para lograr los dos ser elegidos.
En un sistema lleno de trampas, todo es posible.
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