¿Qué reforma electoral? (y 2)

¿El peledé protestando por el transfuguismo? ¿Es cierto que algo así está ocurriendo?

El plan original de este segundo artículo era continuar examinando el contenido de la reforma de las leyes electorales. Sin embargo, me veo obligado a referirme al debate originado entre el peledé y el pereeme sobre el transfuguismo. Al oír al representante del peledé elevando su protesta, porque el pereeme le está comprando decenas de alcaldes, no le queda a uno más que repetir, con el Quijote: “Cosas veredes, Sancho”. ¿El peledé protestando por el transfuguismo? ¿Es cierto que algo así está ocurriendo? ¿Y no fue este partido el que, desde que se instaló en el gobierno en 1996 se encargó de comprar a centenares de dirigentes, diputados, regidores, alcaldes de los partidos reformista y perredé? Si algo uno pudiera lamentar de estas acusaciones y contraacusaciones es que todo este tráfico de funcionarios y dirigentes, es que todos estos partidos son iguales; que el partido de gobierno asume el comportamiento tradicional de la política dominicana; que actúa, como siempre se hizo, valiéndose del manejo del presupuesto, junto a algunos “incentivo$ extra$”, para la captación de dirigentes de otros partidos. Un Partido que así actúa, no tiene real vocación para institucionalizar el país, ni para fortalecer la democracia. El partido que toma esa pendiente, termina renunciando a todo principio ético con tal de imponerse por cualquier medio. Solo puede hacer lo diferente quien actúa de forma diferente, aunque haya que pagar un precio por ello.

También llama la atención que todas estas denuncias se hagan y la Junta Central Electoral no reaccione, como si se tratara de hechos que estuvieran sucediendo en otro país. No es la primera vez que observamos este comportamiento. El 23 de febrero de 2022, por disposición del pleno se integró una comisión para investigar denuncias sobre presiones que estaban ejerciendo funcionarios del gobierno sobre alcaldes y regidores para que pasen a formar parte del pereeme. De los resultados de esa investigación no hay noticias y nada se sabe si se comprobó o no; tampoco si se adoptó alguna medida o sanción. Esta vez, parece que las denuncias hechas tendrán el mismo destino.

No es la primera vez, y de seguro no será la ultima en que afirmaré que cada vez que los encargados de aplicar la ley dejan pasar situaciones como éstas, perdemos la oportunidad de enderezar este país y se alimenta el clima de impunidad y de que finalmente las violaciones no aparejan consecuencias y por tanto no hay porqué respetar la ley. Estas violaciones de las leyes electorales se están sucediendo una tras otra. El año pasado el peledé celebro unas primarias bajo el subterfugio, en fraude a la ley, de llamarla “consulta”. Igual desde hace meses estamos en medio de una campaña electoral adelantada que solo beneficia a los que disponen recursos de sobra y que todos sabemos el origen de esos recursos. De igual modo todos los días hay una nueva encuesta divulgada y sin que se ejerza los controles que al respeto dispone la ley en esta materia.

Imagínese qué diferente fuera si, el órgano electoral aprovechara cada uno de estos casos y estableciera la veracidad o no de los hechos denunciados y de ser afirmativo aplicar las sanciones o hiciera los apoderamientos que corresponden, sin importar que en los mismos estén envueltos jerarcas del gobierno de turno. Si actuara con esa verticalidad, cuánta autoridad y respeto acumularía el órgano electoral frente a la sociedad. Cuánta garantía tendrían los ciudadanos de que sus derechos serán resguardados y hechos respetar. Muchas veces uno se pregunta para qué sirve otorgarles autonomía e independencia a los poderes públicos si terminan sometiéndose a los intereses del poder de turno. Se confirma una vez más que la institucionalidad de este país aún no está al nivel de las facultades que le otorga en el papel la Constitución de la República a los poderes públicos.

En lo que resta de este artículo me limito a señalar, una vez más, que el Congreso tiene la oportunidad para mejorar sustancialmente la actual legislación electoral garantizando mayor equidad y transparencia en los procesos electorales. En el anterior artículo me referí a los obscenos topes de gastos autorizados por la ley 15-19 del Régimen Electoral, facilitando la penetración del dinero del narcotráfico, lavado, corrupción u otro origen ilícito. Incluso, en ese órgano legislativo no parece que haya interés de poner correctivos, a pesar de que tenemos representantes electos en las elecciones de 2020, extraditados por utilizar en su campaña, dinero proveniente del narcotráfico.

Sobre dos asuntos, esta vez, llamo la atención de los legisladores que conocen de la modificación de las leyes electorales. En la ley 15-19, en su artículo 199 se organiza un sistema para el registro de las firmas encuestadoras. Todos conocemos de la trascendencia que cada vez tienen éstas en los procesos electorales. Sabemos que las encuestas en manos inescrupulosas o no fiables se prestan para construir una percepción electoral falsa a favor o en contra de un determinado candidato. De la ahí la importancia de establecer un régimen de regulación que evite la manipulación del electorado.

En la propuesta de reforma a esta ley hecha por el Pleno de la JCE, que como sabemos, oportunamente fue depositada en el Congreso, se establece con mayor rigor los requisitos societarios constitutivos de la empresa encuestadoras que solicita su registro en el órgano electoral. Además, en la ley vigente se da a entender que una vez depositada la solicitud “…el pleno de la Junta Central Electoral le otorgará un número de registro oficial, dentro de los 30 días a partir de la fecha de depósito de la documentación.” En la propuesta de reforma de la JCE, al pleno se le da un definido papel deliberativo sobre el otorgamiento o no del registro de la firma encuestadora. Concretamente en la nueva redacción se propone que “…el Pleno de la JCE, previo proceso de evaluación, si procediere, le otorgará un número de registro oficial, dentro de los 30 días a partir de la fecha de depósito de la documentación”. Esta facultad deliberativa que en la propuesta de reforma del artículo 199 se le reconoce al Pleno es fundamental para garantizar que el registro solo se otorgue, previa evaluación, a empresas encuestadoras que reúnan las condiciones necesarias para la realización de tan delicada labor.

El otro aspecto a destacar se refiere a la equidad en los procesos electorales. La ley 18-33 de partidos políticos, en su art. 61 organiza el modo de distribución de los recursos otorgados por el Estado a los partidos. En síntesis, la distribución se hace del modo siguiente: I) un 80% distribuido en partes iguales entre los partidos que hayan alcanzado más del 5% de los votos válidos emitidos en la última elección; II) un 12% distribuido entre todos los partidos que hayan alcanzado más del 1% y menos del 5% de los votos válidos emitidos en la última elección; III) un 8%, distribuido entre los partidos que hayan alcanzado entre 0.01% y 1% de los votos válidos obtenido en la última elección.

La propuesta de la JCE modifica esta distribución del modo siguiente: I) un 30% distribuido en partes iguales entre todos los partidos políticos independientemente del resultado electoral, incluyendo los partidos de nuevo por cada partido político; II) un 70% distribuido de manera proporcional a los votos válidos obtenidos por cada partido, agrupación y movimiento político de forma individual en los niveles presidencial, senatorial, diputaciones y municipal.

Es evidente que la excelente propuesta de reforma del Pleno de la JCE le daría mayor equidad a la distribución de los recursos públicos y contribuiría al surgimiento de nuevos proyectos políticos, a la pluralidad de opciones políticas, todo lo cual se traduciría en la renovación y fortalecimiento permanente de la democracia.


Guillermo Moreno es abogado y político. Presidente de Alianza País.