Mandato imperativo
El mandato imperativo es muy común en los sistemas parlamentarios, en los cuales un voto en contra del gobierno puede conducir a la caída de éste. Por tanto, los legisladores se cuidan mucho de no violentar los mandatos de sus partidos.
En la Constitución dominicana del 2010 existe un principio contrario a este precepto, y lo expresa con claridad meridiana el párrafo cuarto del artículo 77 cuando afirma: “Las y los senadores y diputados no están ligados por mandato imperativo, actúan siempre con apego al sagrado deber de representación del pueblo que los eligió, ante el cual deben rendir cuentas”.
De acuerdo con esa disposición, los diputados y senadores no tienen que seguir los mandatos de sus partidos, sino los de sus electores, pero todos sabemos que en la práctica no es así, y lo veremos con el tema de la reelección.
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