Bayly: lo legal y sucio
De los artículos 14 y 15 del reglamento de la ley de partidos 33-19 que versan sobre las actividades y acciones permitidas y prohibidas a los precandidatos y partidos, por ningún lado se colige que lo de Jaime Bayly en la TV de Miami, denunciado como campaña sucia pagada desde Dominicana, podría ser objeto de censura legal en el país. Este hecho da una idea de por dónde pueden venir los tiros en estos tiempos en los que el mensaje comunicacional no tiene fronteras y son muy pocos sus límites. Lo que dice el reglamento alcanzaría, en todo caso, a los que lo difundan a nivel local, pero luego del “palo dao” desde el extranjero vale la expresión popular de “y ya pa’ qué”. Ahí está, a contratar medios y guanajos tipo Bayly.
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