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Pasajeros sufren las consecuencias de un transporte público en el que no se cumple la ley

Conductores violan la Ley de Tránsito conscientemente permitiendo sobrecargar los vehículos por la gran demanda de pasajeros

En República Dominicana se han realizado varios intentos por organizar y eficientizar el transporte de pasajeros, pero la realidad es que todavía existen unidades destartaladas y que ofrecen un servicio carente de confort y seguridad.

Aunque ya la ciudad de Santo Domingo cuenta con servicios de transporte como el utilizado en los países desarrollado, todavía por sus calles circulan vehículos públicos que sobrepasan la capacidad indicada por el fabricante, a pesar de estar prohibido por ley, poniendo así en peligro la seguridad de los pasajeros.

Los clientes deben tener más fuerza que los transportistas y de hecho es así, para exigir respeto, pero se dejan vencer porque no empujan en la misma dirección para defender sus derechos.

En cambio, los transportistas están organizados en sindicatos y defienden con todas sus fuerzas sus posiciones.

Los pasajeros están dispersos y, con las ansias de llegar a sus destinos, terminan aceptando las reglas que les impone el sector transporte a pesar de que las mismas les afectan.

Cuando el gobierno decide incrementos en los precios de los combustibles y los transportistas calculan que sus ganancias se ven afectadas, inmediatamente, éstos se reúnen y deciden subir el pasaje, aún sin competencia para hacerlo.

En tanto que los pasajeros, por la falta de una entidad que los proteja y por no enfrentar de manera colectiva el problema, tienen que aceptar los incrementos y como si fuera poco, también tienen que viajar bien apretados en un transporte público que en muchos casos va muy sobrecargado.

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Muchas unidades del transporte público están deterioradas. (LUIS GÓMEZ)

Cuando algunos pasajeros deciden castigar al proveedor con no utilizar sus servicios, otros sí los utilizan y se debilita la lucha del consumidor o usuario.

Pero estos inconvenientes ocurren, no por la falta de una legislación que regule el sector, sino porque la ley se incumple a la vista de las autoridades.

La Ley 241, la cual regulaba todo el tránsito en el país, habla de capacidad de pasajeros que pueden transportar los vehículos que se desplazan en el territorio nacional.
Leer también Motoconcho, carrito público o el privado ¿cuál es el principal medio de transporte de los dominicanos?

También la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana trata el tema, pero no se está cumpliendo, en perjuicio de los pasajeros.

Los pasajeros, la directora del Instituto de los Derechos de los Consumidores y Usuarios, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), así como los protagonistas de este sector, argumentaron sobre las razones por las cuales no se está cumpliendo con lo que dice la ley.

Pero los funcionarios, aunque reconocen el problema que, además de los pasajeros, también afecta a los transportistas, porque sus unidades se destruyen más rápido por el hecho de viajar sobrecargadas, se expresan optimistas respecto a la cercanía de la solución.

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Tumulto en hora pico para entrar al metro de Santo Domingo. (LUIS GÓMEZ)

Mientras tanto, más de tres millones de pasajeros se movilizan en el Gran Santo Domingo en vehículos que, en muchos casos, no están aptos para transitar, pero a pesar de esa situación, los dueños de los mismos los sobrecargan y cobran igual que si fuera un carro confortable.

Esta situación provoca que los pasajeros lleguen a sus destinos cansados y aquejados de un mal servicio, razón por la cual algunos de los pasajeros entrevistados dijeron que preferirían pagar una tarifa un poquito más cara a cambio de viajar más cómodos.

Quienes tienen más poder adquisitivo y utilizan este transporte público optan por pagar una tarifa doble evitando que el chofer monte otro cliente y así viajar menos apretados.

“Más pagaría yo, para ir más cómodo”, fue la expresión de Argenis, un pasajero montado en un carro público que estaba a punto de a arrancar desde el kilómetro 9 de la autopista Duarte, en dirección Oeste-Este, donde los clientes a gusto o no debían escuchar la bachata “Que vuelva” de Raulín Rodríguez, como música de fondo.

Las horas pico son en las que más se sobrecargan los vehículos del transporte público, momentos cuando hasta el metro de Santo Domingo es sobrecargado por la gran demanda que tienen los servicios de transporte público en la capital.

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Anina Del Castillo, directora de Pro Consumidor (LUIS GÓMEZ)

La directora de Pro Consumidor, Anina Del Castillo, luego de aclarar que su opinión no se trata de un acto de injerencia a lo que corresponde al Intrant, sino como un en marco general, dijo que la entidad que representa vela porque los compradores de vehículos nuevos y usados, así como los usuarios que utilicen el servicio público de transporte terrestre sean respetados en sus derechos.

Del Castillo dijo que esto se hace sin perjuicio de las acciones que pudiera tomar el Intrant en virtud de lo contenido en el artículo 38 de la Ley 63-17.

Además, señaló que la Constitución Dominicana del 2010 incorporó el principio de un Estado social, democrático y de derechos.

En ese sentido, la funcionaria exhortó a los pasajeros deben exigir a los transportistas servicios de calidad.

“En la medida que los consumidores vayamos haciendo nuestra parte y no montándonos en un llamado carro de concho que debería ser llamado chatarra andante, sencillamente es captarlo, señores hasta por un tema de seguridad. Hemos en más de una ocasión que esos vehículos se incendian en la calle”, expresó.

Al mismo tiempo , Del Castillo enfatizó que aunque las autoridades estén haciendo su parte para regular este servicio, los ciudadanos también tienen que cuidarse.

“El Intrant es una entidad relativamente nueva, ha hecho un gran trabajo y creo que lo va a seguir haciendo, pero también los ciudadanos tenemos que aprender a exigir”, indicó la directora de Pro Consumidor.

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Alexandra Cedeño, directora de Movilidad Sostenible del Intrant (LUIS GÓMEZ)

Mientras que la directora de Movilidad Sostenible del Intrant, Alexandra Cedeño, destacó que Ley 63-17 que regula la circulación en todo el país.

“En ese marco jurídico se establece una transformación de lo que es el transporte público, es decir, que ya los denominados carros de concho, tienen una tendencia a emigrar a otro modo de transporte colectivo”, expresó.

Señaló que hay que ir migrando de unidades de baja capacidad, a otras opciones. “Es decir de un carro que puede llevar tres, cuatro o cinco pasajeros a otro que puede llevar 80 o 90 pasajeros”, indicó la funcionaria que al reconocer que esa transformación necesitará mucho tiempo.

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Antonio Marte, presidente de Conatra. (LUIS GÓMEZ)

Con respecto al tema, el presidente de la Confederación Nacional de Transporte (Conatra), Antonio Marte, manifestó que la problemática se mantiene por en el país no hay una correcta regulación.

“Yo era de los que creía que en este momento no debía haber un carro público en la calle, yo era de los que creía que en este momento un chofer no montaba más de tres pasajeros en el asiento de atrás de un carro y uno adelante”, expresó el inversionista del sector transporte.

Afirmó que el Intrant no se ha sentado a discutir una tarifa verdadera para el sector transporte, para que pueda decirle a los choferes que deben bajar dos pasajeros de la totalidad que montan en los carros públicos.

Indicó que para pedirle a los choferes que lleven dos pasajeros menos hay que decirles cómo o con cual tarifa van a reponer ese dinero que dejarían de percibir por la reducción.

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William Pérez Figuereo, presidente de CNTU. (LUIS GÓMEZ)

En tanto que el presidente de la Central Nacional de Transportistas Unificados (CNTU), William Pérez Figuereo, manifestó que el gobierno es el primero que debe poner el ejemplo y no sobrecargar las unidades de la OMSA ni los vagones del metro.

“Las OMSA están para montar entre 45 y 60 pasajeros y montan 90, tú ves cómo las OMSA van con gente arreguindado, pero igual nos vamos al metro y el metro también lleva un sobre peso de pasajeros, lo que provoca daños y accidentes y cualquier situación se puede salir de control”, dijo el sindicalista al referir que en un vehículo sobrecargado los neumáticos no resisten igual y el chofer no puede tener un absoluto control del mismo.

Para el sociólogo Cándido Mercedes, las personas en República Dominicana han venido degradando sus niveles de ciudadanía.

“Una sociedad no se empodera, no llega a un Estado de desarrollo, si la ciudadanía no se empodera y no asimila el orden institucional y constitucional sobre la cual está revestida”, dijo.

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Cándido Mercedes, sociólogo y profesor de la UASD. (LUIS GÓMEZ)

Al ofrecer una explicación sociológica sobre qué podría motivar a una persona que, hasta contando con tiempo suficiente para llegar a su destino, se sube en vehículo sobrecargado y que al montarse sabe que irá incómoda todo el trayecto y de todas maneras elige ese transporte, Mercedes afirmó que esto obedece al “desorden social institucionalizado que hay en República Dominicana”.

Algunos choferes que sobrecargan los vehículos para ganar más dinero desconocen que desde 1967, la Ley 241 sobre Tránsito de Vehículos, indica la cantidad de pasajeros que debe llevarse en una unidad de transporte.

El artículo l04 de la citada legislación expresa que “Se reputará capacidad en pasajeros de un vehículo de motor la indicada por el fabricante del mismo, según el tipo, siempre que en la distribución de esta capacidad se computen quince (15) pulgadas lineales de la parte más estrecha de cada asiento para cada pasajero”.

Y el artículo 105 indica que: “Ningún vehículo de motor podrá transportar un número de pasajeros mayor al indicado por su matrícula”.

Las sanción aplicable a esta infracción está contenida en el Artículo l09.- (Modificado por la Ley 114-99 del 16 de Diciembre de 1999) Sanciones. a) Toda persona que violare lo dispuesto en los artículos 105 y 106 será castigada con multa no menor de cien pesos (RD$100.00) ni mayor de quinientos pesos (RD$500.00).

Pero estas penas aumentaron en la Ley 63-17 que en su artículo 325 habla sobre las multas por infracciones muy graves.

En tal sentido, sobre la capacidad de pasajeros y sanciones de acuerdo a la legislación del Intrant, en el literal C se establece que: “La obstrucción o deficiente funcionamiento de las puertas o salidas de emergencia en los vehículos, la realización de operación de carga de combustible sin disponerse previamente las precauciones reglamentarias, o el transporte de pasajeros en exceso del número máximo que soporta la capacidad de carga y las características técnicas y de diseño del vehículo”.

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