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Falta decidir si primarias serán en una misma mesa

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Falta decidir si primarias serán en una misma mesa
La JCE envió el reglamento a consulta de los partidos. (ARCHIVO)

SANTO DOMINGO. Según el tipo de lista o de padrón a utilizarse y en coordinación con los partidos políticos, la Junta Central Electoral (JCE) deberá decidir en su oportunidad si las votaciones de las primarias para escoger los candidatos a cargos electivos se realizarán en una sola mesa o en una para cada organización política.

La medida no fue definida en el proyecto de reglamento de primarias que el órgano de elecciones discutirá el próximo 23 de octubre con los partidos y que establece, además, que serán sancionados conforme a la Ley No.53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, quienes incurran en la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos.

“Si dos o más partidos, agrupaciones o movimientos políticos participan en Elecciones Primarias de manera simultánea, la Junta Central Electoral decidirá, dependiendo del tipo de lista o padrón a utilizar y en coordinación con los mismos, si apertura una mesa para ambas organizaciones o una para cada entidad política”, refiere el artículo 44.

La iniciativa sostiene que no deben ser afiliados o militantes de ningún partido, los designados para trabajar en dichas mesas, y que, en caso de no ser posible dicha integración, se procurará “que las mesas o centros de votación estén integrados por miembros de los respectivos partidos participantes en las primarias”.

El delegado técnico del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ante la Junta Central Electoral, José Manuel Hernández Peguero, valoró que ahora se haya sometido a la consideración de los partidos y resaltó que esa institución, además de definir el período actual como previo de campaña que culmina el primer domingo de julio de 2019, supliendo “el vacío de la Ley de Partidos”. El proyecto prohíbe a los aspirantes a precandidaturas la colocación de vallas, afiches o cruzacalles en las que se pueda verificar la propuesta de precandidatura o el cargo al que se pretende aspirar, a menos que esos elementos sean colocados y utilizados en el interior de los locales partidarios.

Además, la producción y uso de propaganda de tipo personal alusiva a precandidaturas salvo que sean utilizadas en el interior de los locales de los partidos políticos.

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