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Tribunal Electoral
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Junta Central y TSE elegirían a miembros de nuevas salas municipales

Las salas contenciosas estarán conformadas únicamente por abogados.

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Junta Central y TSE elegirían a miembros de nuevas salas municipales
Román Jaquez Liranzo, presidente del TSE

SANTO DOMINGO. La Junta Central Electoral (JCE) y el Tribunal Superior Electoral (TSE) jugarán un papel preponderante en la división, en dos salas, de las juntas electorales de los 158 municipios y el Distrito Nacional, en caso de que el Congreso Nacional apruebe el proyecto presentado por el TSE.

Román Jáquez Liranzo, presidente del TSE, explicó que en la actualidad las juntas electorales tienen tres miembros titulares y cada uno tiene dos suplentes, y lo que se está proponiendo es que de esos nueve miembros, seis pasen a una sala administrativa donde hayan tres titulares con igual número de suplentes y los otros tres que pasen a integrar la contenciosa, donde uno será juez y los otros suplentes.

Jáquez Liranzo indicó que el proceso para la designación de los integrantes de ambas salas se deberá hacer a través de un concurso público de oposición en donde los aspirantes a juez en lo contencioso deberán ser obligatoriamente abogados, no así para lo administrativo.

Describió que la elección del personal administrativo será responsabilidad de la JCE, como ocurre en la actualidad, y lo contencioso estará a cargo del TSE.

“Eso debe de ser un concurso público como se hace para elegir a los fiscales y los jueces ordinarios”, respondió el presidente del TSE al preguntarle si el Consejo Nacional de la Magistratura es la que debería elegir a los jueces de las juntas municipales.

En la iniciativa se destaca que las juntas electorales tienen, por mandato constitucional, funciones administrativas y contenciosas, pero que eso no significa que las mismas personas desempeñen labores en ambos aspectos a la vez, como sucede en la actualidad.

“La división de las juntas electorales en dos salas se hace necesaria, a los fines de dar cumplimiento a los postulados constitucionales del debido proceso y la tutela judicial efectiva, especialmente lo relativo a la regla del juez natural y, además, por la especialización en los asuntos contenciosos electorales que deben tener quienes integren dichos órganos”, refiere el documento.

Aduce que la división propiciará un mejor esquema de funcionabilidad de las juntas electorales, y con ello se lograría un verdadero proceso de descentralización de la justicia contenciosa electoral, tal como lo requiere la Constitución y las leyes que rigen la materia.

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