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De la distribución de los diputados

La disposición constitucional que obliga a la redistribución del número fijo de diputados de acuerdo con los cambios de la población en las provincias, tiene un problema.

La disposición nació en los Estados Unidos, que tiene un sistema de elección basado en distritos electorales, los cuales son configurados de modo que la mayor parte de los intereses locales estén representados.

Eso no ocurre en nuestro país, donde la unidad para seleccionar a los diputados es la población de la provincia, con la excepción de que, independientemente de su población, todas las provincias tendrán al menos dos diputados.

Esto crea, como es evidente, un problema de sobre representación para algunas demarcaciones, doce en total, mientras se penaliza a otras que no llenan el cupo.

Si fuésemos a crear un sistema justo, lo correcto sería distribuir el país, independientemente de sus linderos provinciales, en distritos de 50,000 habitantes para aminorar el fenómeno de la sobre representación. Así, las doce provincias actuales que tienen 24 diputados en virtud de la disposición constitucional, tendrían 18.

Al mismo tiempo, el sistema dejaría de penalizar a aquellas demarcaciones que están ganando población, aunque sea limitadamente, frente a las que pierden habitantes (10 provincias), siete de las cuales están sobre representadas.

En el sistema actual, las provincias sobre representadas no tienen incentivos para incrementar su población porque no pierden representantes en virtud de lo establecido por la Constitución.

Aclaro, la decisión de la Junta es legal y mandatoria, pero sobre una base que debe ser reformada.

atejada@diariolibre.com

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