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El acta de Chapultepec

1. No hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. El ejercicio de ésta no es una concesión de las autoridades; es un derecho inalienable del pueblo.

2. Toda persona tiene el derecho a buscar y recibir información, expresar opiniones y divulgarlas libremente. Nadie puede restringir o negar estos derechos

3. Las autoridades deben estar legalmente obligadas a poner a disposición de los ciudadanos, en forma oportuna y equitativa, la información generada por el sector público. No podrá obligarse a ningún periodista a revelar sus fuentes de información.

Estos son los tres primeros puntos, de diez, de la declaración de Chapultepec, que nació en una cumbre sobre libertad de expresión en 1994 y que unos años después se actualizaría, incluyendo las particularidades del mundo digital en el Acta de Salta.

Hoy el presidente Abinader firmará, en el marco de la celebración de la 79 sesión de la SIP, ambas declaraciones comprometiéndose con la libertad de expresión y de prensa.

Ahora que se debate en el Congreso una nueva Ley, el mensaje es oportuno.

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