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Funcionarios en campaña

Podría estar sujeta a discusión la suspensión en este momento de la publicidad del ministro de Obras Públicas en promoción de la figura y gestión de gobierno de Danilo Medina, pero la disposición de la Junta Central Electoral tiene de positivo que pone temprano sobre la mesa el espinoso tema de la campaña personal desde la función pública. A los que hacen eso les recuerdo el párrafo III del artículo 196 de la Ley Electoral: “Los funcionarios públicos que administran recursos del Estado, no podrán prevalerse de su cargo, para desde él realizar campaña ni proselitismo a favor de un partido o candidato. Tampoco podrán hacer uso (...) de los instrumentos, equipos, materiales y personal que pertenecen a la institución...”

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