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Manuel Rocha
Manuel Rocha

La declaración íntegra de Manuel Rocha antes de ser declarado culpable de espionaje

Alcanzó un acuerdo de colaboración con la Fiscalía

La declaración íntegra de Manuel Rocha

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La declaración íntegra de Manuel Rocha antes de ser declarado culpable de espionaje
Víctor Manuel Rocha, exdiplomático de EE.UU. en República Dominicana fue condenado a 15 años de prisión por actuar como agente encubierto de Cuba (FUENTE EXTERNA)

Víctor Manuel Rocha, exdiplomático de EE.UU. en República Dominicana, expresidente de la Barrick Gold y exembajador de Estados Unidos en Bolivia, fue condenado el pasado viernes a 15 años de prisión por actuar como agente encubierto de Cuba durante cuatro décadas, en una audiencia celebrada en un tribunal federal de Miami (Florida).

El exdiplomático de 73 años, que alcanzó un acuerdo de colaboración con la Fiscalía, se declaró primero culpable de haber recopilado información de inteligencia estadounidense para el gobierno comunista de Cuba desde alrededor de 1981.

A continuación la declaración íntegra de Manuel Rocha

Los Estados Unidos de América y Víctor Manuel Rocha (el "Demandado"), personalmente y a través de su abogado, acuerdan que las siguientes declaraciones son verdaderas y precisas y sirven como base fáctica para que el Demandado se declare culpable, en cuanto a los cargos. 1 y 2 de la Acusación, y podría haber sido probado más allá de toda duda razonable, satisfaciendo cualquiera de los elementos de los cargos en estos casos, si este caso hubiera llegado a juicio:

A partir de 1973 o alrededor de esa fecha, el acusado apoyó secretamente a la República de Cuba y su misión clandestina de recopilación de inteligencia contra los Estados Unidos sirviendo como agente encubierto de los servicios de inteligencia de Cuba, incluida la Dirección de Inteligencia, también conocida como Dirección General de Inteligencia. (colectivamente, "DGI"). La DGI está encargada de recopilar información de inteligencia mundial de interés para Cuba y sus aliados.

Para promover ese papel, el demandado obtuvo y mantuvo empleo en el gobierno de los Estados Unidos en puestos que le proporcionaron: (1) acceso a información no pública, incluida información clasificada; y (2) la capacidad de afectar la política exterior de Estados Unidos. Después de que terminó su empleo, el acusado ocupó otros cargos y participó en otros actos destinados a apoyar a los servicios de inteligencia de Cuba. Para ello, el imputado siempre mantuvo su condición de cubano agente secreto para protegerse a sí mismo y a los demás y para permitirse la oportunidad de participar en actividades clandestinas adicionales. Por ejemplo, el demandado: (1) proporcionó información falsa y engañosa al gobierno de los Estados Unidos para mantener su misión secreta; y (2) se reunió con agentes de inteligencia cubanos. Las actividades del acusado y su engaño traicionaron su juramento y obstruyeron las funciones legales del gobierno de los Estados Unidos.

En ningún momento el Demandado notificó al Fiscal General de los Estados Unidos o al Secretario de Estado, como exige la ley, que, de hecho, estaba actuando como agente de un gobierno extranjero, específicamente de la República de Cuba.

Los cargos del acusado en el Departamento de Estado

Desde noviembre de 1981 hasta agosto de 2002, el acusado fue empleado del Departamento de Estado de los Estados Unidos, un departamento del gobierno de los Estados Unidos que gestiona las relaciones de los Estados Unidos con gobiernos extranjeros e implementa la política exterior de los Estados Unidos. Durante su empleo en el Departamento de Estado, el demandado ocupó puestos que le daban acceso a información no pública, incluida información confidencial y clasificada. Específicamente, el Demandado ocupó los siguientes cargos en el Departamento de Estado:

a. Desde alrededor de noviembre de 1981 hasta alrededor de diciembre de 1982, el acusado se desempeñó como Oficial de Relaciones Internacionales en el Departamento de Estado.

b. Desde diciembre de 1982 o alrededor de esa fecha hasta enero de 1985 o alrededor de esa fecha, el acusado se desempeñó como funcionario político en la Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo, República Dominicana.

C. Desde alrededor de febrero de 1987 hasta alrededor de febrero de 1989, el acusado se desempeñó como Oficial de Asuntos Político-Militares en la Embajada de los Estados Unidos en Tegucigalpa, Honduras.

d. Desde alrededor de febrero de 1989 hasta alrededor de noviembre de 1991, la se desempeñó como Primer Secretario de la Embajada de los Estados Unidos en la Ciudad de México, México.

e. Desde alrededor de noviembre de 1991 hasta alrededor de julio de 1994, el acusado se desempeñó como Jefe Adjunto de Misión en la Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo, República Dominicana.

F. Desde alrededor de julio de 1994 hasta alrededor de julio de 1995, el demandado sirvió como el director de Asuntos Interamericanos del Consejo de Seguridad Nacional de Estados Unidos, con especial responsabilidad, entre otras cosas, sobre Cuba.

g. Desde julio de 1995 o alrededor de esa fecha hasta julio de 1997 o alrededor de esa fecha, el demandado sirvió como Subdirector Principal de la Sección de Intereses de Estados Unidos en La Habana, Cuba.

h. Desde julio de 1997 o alrededor de esa fecha hasta noviembre de 1999, el acusado se desempeñó como Jefe Adjunto de Misión en la Embajada de los Estados Unidos en Buenos Aires, Argentina.

i. Desde julio de 2000 o alrededor de esa fecha hasta agosto de 2002 o alrededor de esa fecha, el demandado notificó como Embajador en Bolivia en la Embajada de Estados Unidos en La Paz, Bolivia.

La conducta del acusado para obtener acceso a información no pública

Durante su empleo en el Departamento de Estado, el demandado tuvo acceso exclusivo a información no pública del gobierno de los Estados Unidos e hizo esfuerzos para obtener acceso a dicha información. Específicamente, al demandado se le pidió repetidamente, en cuestionarios, sesiones informativas de seguridad, entrevistas y otros entornos, que afirmara que entendía las leyes, que  las cumpliría y las regulaciones que restringen el uso y el intercambio de información gubernamental no pública, incluida información clasificada, que estaba sujeta a mayores restricciones, como se detalla a continuación:

a. El 25 de noviembre de 1981, el demandado firmó un acuerdo de seguridad en el que reconocía que no podía publicar ni revelar a ninguna persona, ni durante ni después de su empleo en el Departamento de Estado, ninguna información clasificada o controlada administrativamente, ni ninguna otra información que se le hubiera transmitido en confianza en el desempeño de sus funciones oficiales; y

b. El 12 de enero de 1989, el demandado firmó un acuerdo de no divulgación de información clasificada, en el que reconocía que la divulgación no autorizada de información gubernamental no pública podría causar un daño irreparable a los Estados Unidos o podría utilizarse en beneficio de una nación extranjera.

A lo largo de su carrera en el Departamento de Estado, también se le exigió que afirmara su lealtad a los Estados Unidos y confirmara que no llevó a cabo ninguna actividad encubierta en nombre de ninguna nación extranjera. El Demandado respondió falsamente en repetidas ocasiones a estas preguntas, como se detalla a continuación:

C. El 1 de mayo de 1981, el demandado completó un formulario SF-86 "Datos de investigación de seguridad para posiciones sensibles" y lo presentó al Departamento de Estado, en el que el demandado respondió falsamente "no" a las preguntas "¿Es usted ahora o alguna vez ha sido un agente o representante de, o de otra manera empleado por o actuado para un capital extranjero, ya sea personalmente o a través de la asociación con una empresa?" Y "¿Es usted ahora o alguna vez ha sido miembro de alguna organización, asociación, movimiento, grupo o combinación de personas extranjeras o nacionales que sea totalitaria, fascista, comunista o subversiva?"

d. El 22 de septiembre de 1991, el acusado declaró falsamente en un cuestionario SF-86 para puestos de seguridad nacional que nunca "había sido empleado ni actuado como consultor para un gobierno, empresa o agencia extranjera".

e. El 8 de mayo de 1994, durante una entrevista de investigación de antecedentes del FBI realizada en la Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo, República Dominicana, respecto de su nombramiento como miembro del Consejo de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, el demandado declaró falsamente, entre otras cosas, que no conocía ninguna situación, pasada o presente, que pudiera tener relación con su idoneidad para trabajar en el gobierno de los Estados Unidos; que no había nada en su vida personal que pudiera afectar negativamente su nombramiento al Consejo de Seguridad Nacional o que pudiera usarse en su contra; y que no tenía ningún contacto extranjero con ciudadanos cubanos.

F. El 25 de agosto de 1999, en un cuestionario SF-86 para puestos de seguridad nacional, el acusado respondió falsamente "no" a las siguientes preguntas, entre otras: (a) "¿Alguna vez ha trabajado o ha actuado como consultor para un gobierno, empresa o agencia extranjera?"; (b) "¿Alguna vez ha tenido algún contacto con un gobierno extranjero, establecimientos (consulados o embajadas), representantes de él, ya sea dentro o fuera de los Estados Unidos, que no sean asuntos oficiales del gobierno de los Estados Unidos?"; (c) "¿Hay algo en su vida personal que alguien podría utilizar para coaccionarlo o chantajearlo?; y (d) "¿Hay algo en su vida que podría causarle vergüenza a usted o al Presidente si se conociera públicamente? "

Los contactos del imputado en 2022 y 2023 con un representante encubierto de la República de Cuba

El 15 de noviembre de 2022, mientras se encontraba en Miami, el demandado respondió a un mensaje de WhatsApp de un individuo que pretendía ser un representante encubierto de la DGI, pero que en realidad era un empleado encubierto del FBI ("UC"). El mensaje decía: "Buenas tardes embajador, mi nombre Miguel y tengo un mensaje para usted de parte de sus amigos en La Habana. Es sobre un tema delicado. ¿Está disponible para una llamada telefónica?". El acusado respondió: "No entiendo pero puedes llamarme".

Más tarde ese día, el acusado participó en una llamada telefónica grabada con la UC, en la que la UC le informó que su nombre era "Miguel" y que estaba "representando a sus amigos en La Habana". La UC informó además al demandado que se le "ordenó... que se pusiera en contacto con usted para darle un mensaje. Sé que usted ha sido un gran amigo nuestro desde su estancia en Chile". Pruebas independientes, que incluyen registros de viajes, confirman que el demandado vivió en Chile alrededor de 1973, que fue cuando aceptó convertirse en agente de la República de Cuba. Luego la UC explicó "tenemos pequeños problemas en la isla y en nuestra embajada en Santo Domingo también, pero no se preocupen, estoy aquí para resolver la situación, pero son temas muy delicados, y lo mejor sería hablar de ello en persona." El demandado acordó reunirse personalmente con la UC al día siguiente frente a una iglesia en la calle 6 en el barrio Brickell de Miami a las 10:00 am.

El Primer Encuentro UC: 16 de noviembre de 2022-

El 16 de noviembre de 2022, según las instrucciones, el demandado se reunió con la UC frente a la Primera Iglesia Presbiteriana de Miami aproximadamente a las 10:00 a. m. Esta reunión fue grabada en audio y video, al igual que las dos reuniones posteriores del acusado con la UC.

Mientras viajaba al lugar de la reunión, el Demandado participó en una Ruta de Detección de Vigilancia ("SDR") consistente con la capacitación previa que recibió de la DGI. El propósito de un DEG es determinar si el individuo está siendo seguido u observado en el camino hacia una reunión encubierta. Específicamente, el demandado tomó una ruta indirecta, más larga y tortuosa hasta la iglesia, en lugar de ir allí de manera directa. Además, el demandado, entre otras cosas, se detuvo durante el trayecto durante varios minutos en un lugar para poder observar el lugar de encuentro a una distancia segura. De hecho, luego le dijo a la UC que "no me van a ver cuando salga para acá... eso hice hoy porque hice una ruta entera... Es lo que siempre me han dicho que haga". "

Al comienzo de su reunión con la UC, el demandado guió a la UC a un "patio de comidas" en su ubicación con "empleados de bajo nivel... que no quieren gastar demasiado dinero. Por lo tanto, no hay posibilidad de - para que cualquiera pueda verme." El demandado se refirió a esto como una "medida... por precaución" porque "siempre he... recibido suficiente entrenamiento para saber que hay que estar alerta ante... provocaciones".

Cuando la UC le dijo al demandado que era "un representante encubierto aquí en Miami" cuya misión era "contactarle, presentarme como su nuevo contacto y establecer un nuevo plan de comunicación", el demandado respondió "Sí" y procedió a entablar conversaciones. en una larga conversación con la UC, durante la cual el acusado describió y celebró repetidamente su actividad como agente cubano.

Durante esta reunión, el imputado dijo a la UC: "Quiero que le digan a mis Compañeros que aprecio y agradezco mucho esta alerta", explicando que durante su último contacto con la DGI, "pude viajar. . a la capital y estando allí tuve una larga reunión... [en] La Habana". El demandado añadió, respecto a la referencia explícita de la UC a "La Habana" durante su visita inicial

conversaciones: "tenemos otro nombre. Nunca utilizamos La Habana... Tiendo a decir 'La Isla'. .. Nunca uso C o H... [Eso] fue lo único que... pensé, si alguien ha traicionado y contado a la contrainteligencia del enemigo... por qué están utilizando... La Habana... Pero ... Miguel es lo que yo recordaba, porque no escribo nada... trato de memorizar las cosas por cuestiones de seguridad.

El demandado dijo que "desde que la Dirección me pidió... llevar una vida normal... he creado la leyenda de una persona de derecha". El uso por parte del acusado de una leyenda, que es el trasfondo artificial de un agente clandestino o una característica de su biografía utilizada para mantener su estatus encubierto, fue bajo dirección de la República de Cuba.

El demandado dijo que esta reunión fue "mi primer contacto - desde mi - mi último viaje a [] La Habana", que según el demandado fue en "2016 o 2017", cuando viajó a La Habana vía Panamá y "[de] Panamá, Fui a... quiero decir, entré como... como dominicano", refiriéndose al uso de su pasaporte de República Dominicana en lugar de su pasaporte estadounidense. Registros de viajes independientes confirmaron que en enero de 2017, el acusado viajó a Cuba exactamente como lo describió a la UC. Específicamente, el 2 de enero de 2017, utilizando un pasaporte estadounidense, el Demandado voló desde el Aeropuerto Internacional de Miami en Miami, Florida a Santo Domingo, República Dominicana. El 3 de enero de 2017, utilizando su pasaporte de la República Dominicana en lugar de un pasaporte estadounidense, el demandado voló desde Santo Domingo a la Ciudad de Panamá, Panamá y luego desde la Ciudad de Panamá a La Habana, Cuba. El 7 de enero de 2017, utilizando su pasaporte dominicano, el demandado voló de regreso desde La Habana a la Ciudad de Panamá y luego a Santo Domingo. Posteriormente, el demandado voló de regreso a Miami el 8 de enero de 2017, utilizando su pasaporte estadounidense.

El demandado explicó además que "siempre me dije: 'Lo único que puede poner fin Todo lo que hemos hecho en peligro es... es... la traición de alguien, alguien que puede haberme conocido, Alguien que pudo haber sabido algo en algún momento."

El demandado aseguró a la UC que "mi preocupación número uno; mi prioridad número uno era la... cualquier acción por parte de Washington que pondría en peligro la vida de la liderazgo, o la revolución misma".

El Demandado pidió a la UC que enviara "mis más cordiales saludos a la Dirección", y luego de la UC se comprometió a hacerlo, el Demandada dijo lo siguiente:

Acusado: [Fueron] décadas, fueron décadas. Quiero decir, décadas que fueron profundas -

CU: ¿Cuántos años?

Acusado: Casi 40.

UC: Vaya.

Acusado: Uh - de mucho peligro. Uh Algo te habrán dicho porque mencionaste a Chile. Eso me inspiró confianza y al mismo tiempo pensé, si hay un traidor y saben que yo estaba en Chile[.]... tengo que decirte una cosa.

CU: Dime.

Acusado: Uh... Me da mucho... orgullo y satisfacción ver que - que personas como Miguel, que son - que son mucho más joven, pero-

CU: Gracias.

Acusado:- Quien está ahí -

CU: Gracias.

Acusado: haciendo... Esto no es fácil -

CU: No, no, no es fácil. No, es una lucha.

Acusado: -no es fácil

CU: pero estamos peleando.

Acusado: - esto no es fácil. Eh... eh.

CU: Gracias por vuestra amistad y ayuda durante tantos años. ¿Bien? Muchas gracias.

Acusado: Por supuesto, no hay problema... Es un sacrificio enorme. enorme, con mucha tensión que hay que gestionar internamente... uh... con autodisciplina todo el tiempo.... Cuando tienes la convicción, tienes autodisciplina

El Demandado acordó reunirse nuevamente con la UC el 10 de febrero de 2023, con el 17 de febrero de 2023, como fecha de respaldo. El demandado también propuso una ubicación de respaldo si la pareja no podía reunirse en Miami. El demandado describió una ubicación específica en Santo Domingo, República Dominicana, donde "las personas de bajos ingresos... van al patio de comidas" para que el demandado no sea identificado.

El Segundo Encuentro UC: 17 de febrero de 2023

El 17 de febrero de 2023, fecha de respaldo acordada en la primera reunión, el demandado se reunió con la UC como estaba previsto en el patio de comidas al aire libre de Brickell, donde se habían reunido anteriormente.

Al viajar a la reunión, el demandado utilizó nuevamente un DEG, o técnicas de contravigilancia similares a las de la primera reunión, y consistentes con la capacitación del demandado por parte de la DGI. Además, al reunirse con la UC, utilizó un billete de pesos colombianos como libertad condicional y felicitó a la UC por su artículo de portada para su reunión. El demandado dijo a la UC, con respecto a su lugar de reunión: "Tengo mi banco aquí... Entonces, es mi leyenda por estar aquí".

El imputado aseguró a la UC "Pero claro" cuando le dijeron que la DGI quiso confirmar "que usted sigue siendo un Compañero nuestro".

El demandado dijo, respecto a cómo obtuvo su empleo en el Departamento de Estado: "Fui poco a poco... Fue un proceso muy meticuloso... muy disciplinado - pero muy disciplinado. Sabía exactamente cómo hacerlo y obviamente la Dirección me acompañó ... ellos sabían que yo sabía cómo hacerlo... Es un proceso largo y no fue fácil."

Cuando la UC le preguntó "si había una oportunidad en la que pudiéramos volver a trabajar juntos", el demandado respondió: "No - no... ustedes ni siquiera tendrían que proponer eso... si tuviera acceso a algo eso valió la pena, yo lo propondría [se señala a sí mismo]. Uh... y el acceso... es tener acceso a la información que es importante".

Durante su reunión, el Demandado celebró sus actividades a favor de la DGI y en contra de los intereses de los Estados Unidos, y explicó por qué y cómo continuó preservando el secreto de esas actividades, afirmando entre otras cosas: (1) "Para mí, lo que se ha hecho, ha fortalecido la Revolución, la ha fortalecido inmensamente... No podemos poner - poner eso en peligro... Soy muy celoso de lo que hemos hecho y con lo que tengo que proteger y lo que hemos hecho."; (2) "Tengo que proteger lo que hicimos porque lo que hicimos... porque lo que hicimos es... el cemento que ha fortalecido los últimos 40 años. Quiero decir, ese cemento es concreto. No es concreto. ¿Sabes?"; (3) "No pondría en peligro lo que hemos hecho... porque reaccionarían fuertemente contra la Revolución... fuertemente por el hecho de que a través de mi participación nosotros - hicimos lo que hicimos"; (4) "Subestimaron lo que podíamos hacerles. Hicimos más de lo que pensaban"; y (5) "la Dirección sabe" lo que hizo el Demandado.

Durante esta reunión, el acusado dijo además, como se confirma en la siguiente captura de pantalla del video subtitulado de la reunión: "Lo que hemos hecho... es enorme, más que un grand slam". Durante su encuentro, el acusado también lamentó "los golpes que el enemigo", es decir Estados Unidos, "ha asestado a la actual revolución".

El demandado acordó reunirse con la UC por tercera vez e hizo arreglos para esa reunión, incluido un plan de respaldo, asegurando a la UC que "pueden preguntarle a la Dirección... Yo siempre estuve allí".

Tercer Encuentro UC: 23 de junio de 2023

El 23 de junio de 2023, el Demandado se reunió con la UC en persona en el patio de comidas al aire libre donde se habían reunido las dos veces anteriores. Al viajar a la reunión, el demandado volvió a utilizar un DEG, de conformidad con la capacitación que había recibido de la DGI.

Durante su reunión, cuando la UC le dijo que "la Dirección quiere asegurarse de que usted todavía sea un Compañero nuestro... ¿Aún está con nosotros?", el Demandado respondió más tarde: "Estoy enojado. Estoy enojado por la pregunta que me hicieron... Es que - que... es como cuestionar mi virilidad... Es como si quisieras que los deje caer... y te muestre si todavía tengo testículos. Más tarde, cuando le dijeron que con "la ayuda que nos han brindado durante tanto tiempo... deben tener un gran par de pelotas para no preocuparse", el acusado respondió: "Las tengo, las tengo".

El imputado prometió a la UC que, si había una investigación, él sabía "cómo manejarla", y aseguró a la UC: "Sé defenderme... tengo la inteligencia... y tengo el conocimiento". Quiero decir... en el curso de mis deberes, ¿cuántas veces me reuní con... con ellos... para responder preguntas... Sé cómo funciona el... el sistema"

El Demandado declaró a la UC que "yo nunca - nunca en 40 años he puesto en peligro a un Compañero. Ni a otros, nunca. Y hay ciertas reglas... de este tipo de trabajo que, seamos nosotros, seamos ellos, seamos los rusos Entonces, quien está en una misión no ve al otro en otra. Eso es simplemente un no, porque lo pone todo en peligro."

El demandado prometió a la UC que "protejo... protejo todo lo que se ha hecho, siempre lo he protegido y lo protegeré y sé cómo protegerlo".

El demandado hizo arreglos para reunirse con la UC por cuarta vez el 8 de diciembre de 2023, seleccionando también fechas de respaldo.

Durante las tres reuniones con la UC, el acusado se comportó como un agente cubano. El acusado se refirió constantemente a Estados Unidos como "el enemigo" y utilizó el término "nosotros" para describirse a sí mismo y a Cuba. El acusado además elogió a Fidel Castro como el "Comandante" y se refirió a sus contactos en la inteligencia cubana como sus "Compañeros" (camaradas) y a los servicios de inteligencia cubanos como la "Dirección". El acusado también hizo otras declaraciones durante las reuniones que pruebas independientes confirmaron como ciertas.

Entrevista del Servicio de Seguridad Diplomática el 1 de diciembre de 2023

El 1 de diciembre de 2023, dos agentes del Servicio de Seguridad Diplomática ("DSS") del Departamento de Estado realizaron una entrevista voluntaria y consensuada del acusado. Durante la entrevista del DSS, el acusado mintió repetidamente. Por ejemplo, el demandado negó haber conocido a alguien con la descripción de la UC, incluso después de que le mostraran una fotografía de la UC. Cuando al demandado se le mostró una foto de él sentado frente a la UC durante una de sus reuniones, el demandado dijo que la UC se acercó a él, pero solo una vez. Cuando se les dijo a los entrevistadores que poseían información de que se había reunido con la UC en más de una ocasión, el acusado afirmó que no quería hacer comentarios.

Con base en los hechos anteriores, que establecen todos los elementos de los cargos de los cuales el acusado se declara culpable, el Gobierno probaría la culpabilidad del acusado en el juicio.

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