El Supremo de EE. UU. permite cortar el pelo a rastafaris en prisión contra su voluntad
El Tribunal Supremo de EE. UU. falló a favor de las prisiones en el caso de Damon Landor, quien alegó violación de sus derechos religiosos

El Tribunal Supremo de Estados Unidos resolvió este martes que los rastafaris no pueden demandar a los funcionarios de prisiones por cortarles sus rastas en contra de su voluntad mientras están encarcelados.
Los magistrados resolvieron sobre el caso de Damon Landor que demandó a los funcionarios de un centro penitenciario de Luisiana por cortarle a la fuerza sus rastas, violando una orden judicial.
El Supremo, en un fallo de seis a tres, decidió que Landor no podía ampararse en una ley federal del año 2000 que exige a los estados proteger los derechos religiosos de los presos en las instituciones estatales.
Landor, que ingresó en 2020 en el Centro Correccional Raymond Laborde para cumplir una condena por posesión de drogas, había podido conservar sus rastas en las dos cárceles en las que había estado con anterioridad ya que las considera un símbolo de su devoción religiosa.
- El demandante las había dejado crecer durante 20 años y le llegaban casi hasta las rodillas.
Decisión del Tribunal Supremo y su impacto en las libertades religiosas
Pese a que Landor explicó a uno de los guardias de la prisión el componente religioso de sus rastas y le enseñó una copia de una decisión judicial que establecía que la Ley de Uso Religioso de la Tierra y Personas Institucionalizadas (Rluipa) protegía su decisión de mantener su pelo, fue esposado a una silla y le cortaron las rastas.
Este fallo supone un giro respecto a las últimas decisiones del Tribunal Supremo en las que ampliaba el alcance jurídico de las libertades religiosas, en casos que permitían a padres que alegaban motivos religiosos eximir a sus hijos en los colegios de usar libros que se consideren a favor de la comunidad Lgtbq+ o autorizar a un entrenador deportivo a rezar en el campo de una escuela secundaria pública.



EFE