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José Ricardo: “Voto de dominicanos en el exterior no es una discreción, es una obligación”

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José Ricardo: “Voto de dominicanos en el exterior no es una discreción, es una obligación”
José Ricardo Taveras (DIARIO LIBRE/ARCHIVO)

El exdiputado y pasado director general de Migración, José Ricardo Taveras, indicó hoy que la Junta Central Electoral (JCE) estaría en la obligación de habilitar colegios electorales especiales, sea en territorio nacional o en Estados cercanos que estén en disposición de otorgar las facilidades o permisos que sean necesarios, para que el dominicano residente en el exterior pueda votar en las elecciones del 5 de julio próximo.

Taveras, quien también es secretario general de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), dijo en una nota de prensa que el Estado dominicano no es el único que le garantiza el ejercicio del derecho al voto a su diáspora.

“El mismo Estado norteamericano, a través de sus legaciones diplomáticas, otorga facilidades electorales a sus ciudadanos en el extranjero, y que a tales fines no es necesario el consentimiento del Estado receptor en los casos en que se provean los medios”, indicó.

Anotó que la negativa de las autoridades norteamericanas no es contra la celebración del certamen en sí mismo, sino contra la aglomeración de público en las actuales circunstancias de crisis sanitaria internacional, “lo que sí se debe reconocer como un obstáculo que nos impacta nacional e internacionalmente”.

El Gobierno de los Estados Unidos y de otras naciones han prohibido o recomendado no celebrar votaciones presenciales en sus territorios para evitar la propagación del COVID-19, y han sugerido usar otras opciones como el voto por correo, una modalidad que no contempla la Constitución dominicana.

El exfuncionario acotó que “dada la magnitud de la comunidad dominicana en New York, especialmente, las autoridades de ese y otros estados han otorgado hasta ahora facilidades en cuanto a la facilitación de locaciones tales como escuelas y salones comunitarios, por lo que resulta obvio que en las presentes circunstancias dicha colaboración no sería posible”.

“Sin embargo, absolutamente nada impide que la JCE rente locales privados y use las locaciones de nuestras delegaciones diplomáticas, siempre y cuando respete las normativas sanitarias y de orden público de los Estados receptores”, agregó.

Recordó que la JCE debe estar clara en que la exclusión del derecho al voto de un 7 % del padrón, según se estiman los electores en el exterior, “implica una grave violación al principio de soberanía popular”.

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