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La meritocracia en un Estado democrático de derechos vs. de políticas clientelistas

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La meritocracia en un Estado democrático de derechos vs. de políticas clientelistas
Dirección General de Aduanas. (ARCHIVO)

Artículo de opinión del señor Luis Sánchez Díaz sobre los recursos que dejan de entrar al Estado cuando se producen ilícitos en la Dirección General de Aduanas, así como otros temas de la entidad.

Texto íntegro del artículo

La función pública en el país donde la institucionalidad en gran medida es ficción, y los nombramientos, ascensos en funciones y cargos de dirección, retribuciones del Estado clientelar, la carrera del servidor público honesto es una quimera que en instituciones técnicas como las aduanas, la improvisación representa altos riegos de evasión de impuestos a través de prácticas desleales, sub valuación y el contrabando, además de los altos costos logísticos por la dilación del despacho de las mercancías.

Conforme refiriera el director de Aduanas, Lic. Enrique Ramírez Paniagua en agosto del pasado año en ocasión del desayuno empresarial de la Asociación de Industrias (AIRD), que solo subvaluación en Aduanas le cuesta al Estado dominicano estimados anual de unos RD$30,000 MM, resaltando que entre los ilícitos de más incidencias de fraudes esta práctica representa el 70%, oscilando entre el 5% al 200 % del valor inicial de la Declaración Única Aduanera que formulan usuarios del servicio de DGA

En contexto, estudio (ranking) período 2016-17 que cada 3 meses realiza AIRD sobre los factores que más afectan la competitividad, resultados de la encuesta coyuntura industrial (ACI) trimestre abril-junio 2019, la competencia desleal y contrabando representaron el 16.27 %, ocupando estas lesivas prácticas ilícitas la 3ra. posición los últimos tres trimestres, ascendiendo al 2do. lugar en el trimestre enero-marzo del año 2019, colocándose en el 1er. lugar en el trimestre abril-junio del pasado año 2019.

Ante la realidad planteada es una razón más que válida para contar con un personal técnico calificado de carrera en la Administración Aduanera, así ejecutivos capaces, debiendo ser una prioridad de políticas gubernamentales, la promoción del recurso humano en función de conocimientos, competencia técnica, destrezas y habilidades e historial laboral en el entendido de que ninguna gestión técnica, administrativa, cual que sea, podrá ser superior a los hombres y mujeres que lo dirigen o personifican

Es de resaltar que el artículo 39 de la Constitución de la República, ‘’condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus conocimientos, talentos o virtudes’’; siendo un deber del Gobierno garantizar conforme las leyes que norman selección de personal, la participación equilibrada en instancias de dirección de la función pública y en los demás organismos de controles.

El artículo 3 de la ley 41-08 que crea el Ministerio de la función pública, refiere que ejercicio de la función pública estará regido por un conjunto ordenado y sistemático de principios fundamentales, resaltando como requisito medular el mérito personal, igualdad de acceso a la función pública; estabilidad en los cargos de carrera y equidad retributiva, que a trabajo igual, capacidad y antigüedad en el servicio le corresponde idéntica condición remunerativa, sin discriminación alguna que no sea la capacidad.

Por su parte la ley No. 226-2o06 de Autonomía Presupuestaria, técnica y patrimonio propio de la Dirección General de Aduanas y su reglamento de aplicación crean las condiciones y los requisitos para el ingreso a la institución, incluso pauta el tiempo y la experiencia en el área tributaria o fiscal que deben tener en su historial postulantes a ocupar las posiciones de Director General y de los Sub Directores, desconociéndose éste mandato de ley y de la constitución por las filiaciones o compromisos políticos.

El artículo 7, literal d) es taxativo, refiere que para ocupar la función de Dirección General ser profesional con experiencia técnica en el área fiscal mínimo de 10 años, y el artículo 9 de los Subdirectores 5 años; y el artículo 16. La Carrera Aduanera: para la contratación, evaluación, promoción, remoción y destitución de los funcionarios y empleados regirán normas dictadas al efecto, la selección basada en competencias, y ascensos a cargos por méritos del desempeño, conforme ley 41-08 de función pública.

El título III. Régimen de la Función Pública, artículo 15 de la ley 226-2006 prevé que los ciudadanos (as) que accedan a cargos en la DGA como funcionarios o empleados con dedicación exclusiva,deberán contar con la capacidad e idoneidad para el puesto, y para niveles jerárquicos superiores y asesorías experiencia en el área de tributación aduanera, refiriendo el Párrafo único,¨estos funcionarios o empleados son servidores de los intereses de la colectividad al margen de los intereses políticos o económicos¨.

Por lo alto sensible a la corrupción que son las aduanas el artículo 16, párrafo II de dicha ley 226-2006 es categórico“El personal de la Dirección General de Aduanas y sus dependencias serán responsables ante el Estado Dominicano de las sumas que deje de percibir por las actuaciones dolosas o culposas en el desempeño de sus funciones, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que procedan en su contra”.

El artículo 4, literal p) refiere que corresponde a la Dirección General de Aduanas, la de prevenir las prácticas ilícitas que afecten el comercio legítimo, la liquidación de los derechos e impuestos, aplicando las sanciones administrativas, y el sometimiento a la justicia a infractores y cómplices, conforme preven las leyes 226-2006, y 17-2019 sobre erradicación del comercio ilícito, el contrabando de mercancías y falsificación de los productos regulados, para que paguen penalmente en la justicia sus desafueros

Asimismo el Literal w) el desarrollo y motivación profesional a sus funcionarios y empleados; establecer, administrar el sistema de recursos humanos que norme el ingreso a la institución; la planificación de la carrera aduanera, la clasificación de los cargos, la capacitación, evaluación, remuneraciones, compensaciones y ascensos, las normas disciplinarias, el cese en las funciones, un régimen de la estabilidad laboral, prestaciones sociales de conformidad con los principios que rigen la función pública

Es de resaltar que nómina de la DGA a enero, 2020, totalizaba 5,759 empleados con valor de RD$ 186 millones, 142, 106 pesos, figurando solo 196 técnicos de carrera, el 3.35%, llamando la atención que una institución esencialmente técnica como las aduanas marítimas, aéreas, y de fronteras, responsables de aplicar las preferencias de los acuerdos comerciales, facilitadora del comercio internacional, función técnica del aforo de mercancías, destrezas y habilidades técnicas que no deben improvisarse.

Ante los desafíos de competitividad comercial y la alta incidencia de citadas prácticas ilícitas que generan la competencia desleal, y contrabando denunciado por AIRD, la DGA está abocada a redefinir e implementar políticas que potencien las capacidades técnicas y profesionales de sus recursos humanos en función de su historial laboral y especialidades de estudios, requisitos mínimos imprescindibles para lograr niveles óptimos de eficiencia que sólo puede garantizar un personal técnico competente de carrera, honesto, íntegro, cónsonos a la referida ley 41-2008 de la Función Pública.

El artículo 145 de la Constitución de la República refiere la Protección a la Función Pública; que la separación de los servidores públicos que pertenezcan a la Carrera Administrativa, ante las acciones de personal violatorias al Régimen de la Función Pública, serán consideradas actos contrarios al ordenamiento jurídico del Estado Dominicano, siendo un imperativo la protección del Estado de Derecho a la Carrera, instrumento indispensable para lograr niveles óptimos de rendimiento en el servicio.

La clase política debe anteponer los objetivos nacionales a proyectos personales de grupos de intereses y parcelas políticas, integrando en la función pública a expertos capaces de fomentar la competitividad, focalizada a las necesidades y posibilidades reales del país, ya que las naciones se desarrollan sobre la base de potenciar sus recursos, y el humano es el principal, ya que es con el conocimiento e innovadoras políticas de Estado que se rompen los paradigmas para enfrentar los grandes desafios

Ha sido práctica en la administración pública sustituir técnicos por no estar afiliados a partidos gobernantes, no obstante haber invertido el Estado dominicano, y a través de ayudas de organismos internacionales de cooperación técnica y Gobiernos amigos cuantiosos recursos económicos para prepararlos, formarlos, sin embargo funciones técnicas complejas son ocupadas por personal de nuevo ingreso, impericia que beneficia a los intereses políticos y a particulares en detrimentos del erario público.

Para garantizar servicios eficientes y reducir el gran escape a través de las prácticas desleales, contrabando, la subvaluación que le cuesta al Estado Dominicano RD$ 30 mil millones, corforme denunciara el Director General de Aduanas, se requiere de voluntad política para implementar la carrera aduanera por escalafón, que reconozca meritos del desempeño personal técnico capaz, honesto, con garantías de estabilidad en cargos y ascensos, no por militancia política, relaciones, parentesco o familiaridad

Ejemplo de cientos que pudiera citar, el suscrito profesional y técnico con 23 años de labor técnica, que en los últimos 5 años (2005-09) solo por las detecciones de fraudes de evasiones de impuestos le representaba ingresos promedio mensual a la DGA de RD$ 67 millones; reconocido por la institucion por la eficiencia y honradez en el desempeño; y de excelencia en el desempeño de la función Pública por Resolución 2008-042 del Consejo Universitario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

Sin embargo al sumir nuevos directores, salvo contadas excepciones, sustituyen a los profesionales-técnicos calificados por personas allegadas sin pericia alguna en cargos técnicos, y como paradoja tener que pagar el Estado Dominicano cientos de millones RD$ de indemnizaciones por violación a los imperativos de las leyes de referencias.

MA. Luis Sánchez Díaz, exsubdirector general operativo y miembro del Consejo Dirección, DGA; administrador de las 7 Aduanas Marítimas y Aéreas Principales; exasesor honorifico de la DGA 2 años (inicio plan del Aforo Unificado) con salario RD$1.00. (1 peso); exvicepresidente del Plan de Retiro de los Empleados de DGA; y expresidente Fundador Club Empleados de DGA.

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