Estos son los requisitos y el proceso para designar a director del Infotep
La institución fue creada para ofrecer formación técnica a jóvenes y adultos, preparando mano de obra calificada que responda a las necesidades productivas del país
Luego de los cambios realizados por el presidente Luis Abinader mediante el Decreto 84-26, el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (Infotep) permanece sin un nuevo director general.
El decreto establece el nombramiento de Rafael Evaristo Santos Badía como ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt), quien hasta su designación, ocupaba la Dirección General del Infotep.
De acuerdo con la Ley No. 116-80, promulgada el 16 de enero de 1980, que crea el Infotep, el director general debe ser dominicano, poseer título universitario o su equivalente, y acreditar al menos 10 años de experiencia en la administración de instituciones similares.
Indica que será nombrado por el Poder Ejecutivo, seleccionado de una terna que le someterá la Junta de Directores, la cual debe ser aprobada por al menos dos tercios de sus miembros en ejercicio de sus funciones y con representación de los tres sectores que conforman dicho órgano.
El artículo 17 señala que formarán parte de la Dirección General las subdirecciones que la Junta de Directores estime necesarias, cuyos titulares deberán cumplir las mismas condiciones de capacidad exigidas al director general. El artículo 18 dispone que, en caso de ausencia o falta temporal del director general, la Junta de Directores encargará la dirección a uno de los subdirectores mientras dure dicha ausencia.
Conformación de la Junta de Directores
La Junta de Directores es el máximo órgano de dirección del Infotep. Según el Capítulo IV de la Ley No. 116-80, está conformada de manera tripartita por nueve miembros: representantes del Estado, de los trabajadores y de los empleadores privados.
En representación del Estado participan:
- El secretario de Estado de Trabajo, quien la preside
- El Secretario de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos
- Un representante de las Escuelas Vocacionales de capacitación no formal que funcionan adscritas a organismos gubernamentales.
Por el sector trabajador participan:
- Dos representantes de las confederaciones centrales y/o federaciones sindicales nacionales mayoritarias, de conformidad al número de afiliados y un representante de las confederaciones centrales y/o federaciones sindicales nacionales minoritarias.
- Tres representantes de las asociaciones de empleadores privados.
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