El Pleno de la Suprema Corte de Justicia reglamenta solución a superposición de mensuras
La decisión fue adoptada por las numerosas superposiciones
SANTO DOMINGO. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió un reglamento que busca solucionar la superposición de mensuras de bienes inmuebles registrados y provistos de certificados de títulos.
La decisión está contenida en el “Reglamento para las Soluciones de Mensuras Superpuestas”.
Considera que la superposición, parcial o total, de mensuras sobre inmuebles registrados y provistos de certificados de títulos definitivos contradice el principio de especialidad del Registro Inmobiliario, y corresponde al Registro de Títulos competente publicitar tal circunstancia, una vez sea puesto en conocimiento.
Entiende que el Régimen de Condominio crea un bloqueo registral sobre la parcela afectada.
El artículo 6 de la norma indica que en los casos en los cuales la Dirección Regional de Mensuras Catastrales emita un oficio indicando que existe superposiciones por desplazamiento, el procedimiento de corrección implicará rotación o traslación de la mensura.
Observa que, por consiguiente, se afectarán de manera exclusiva los valores de las coordenadas y rumbos consignados en los planos aprobados y la designación catastral del inmueble, “no así las dimensiones y superficie de la parcela”. Según la disposición, contenida en la resolución 3764-2014, esta corrección no modifica la esencia del derecho.
“Este reglamento tiene por objeto establecer mecanismos ágiles y seguros que permitan la solución de las superposiciones, independientemente de los órganos que las originen”.
Define como superposición técnica, cuando una mensura es aprobada pese a estar colocada, de manera parcial o total, sobre otra.
La superposición por desplazamiento consiste en los errores de medidas y tratamiento de datos técnicos.
Expone que esta es exclusivamente cartográfica, y se corrige determinando de manera precisa la ubicación de los linderos de la parcela desplazada y las coordenadas proyectivas de sus vértices, según el Reglamento General de Mensuras Catastrales.
Establece que si una mensura en proceso de revisión se superpone con otra aprobada por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, la misma procederá a la devolución del expediente al solicitante, o a la persona que pueda probar un interés legítimo, indicando la designación catastral del o los inmuebles con los que se superpone la mensura en proceso de ejecución.
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