SCJ publica actualizaciones de reglamentos de ley sobre registro inmobiliario

Fueron aprobados por el Pleno de esa alta corte el pasado 27 octubre

El presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y del Consejo del Poder Judicial (CPJ), Luis Henry Molina Peña. (Fuente externa)

El presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y del Consejo del Poder Judicial (CPJ), Luis Henry Molina Peña, anunció la publicación de las actualizaciones realizadas a los reglamentos de aplicación de la Ley 108-05 sobre Registro Inmobiliario, aprobados por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia el pasado 27 de octubre.

El marco normativo actualizado por la Suprema Corte de Justicia incluye el Reglamento General de los Tribunales de la Jurisdicción Inmobiliaria, Reglamento General de Registro de Títulos, Reglamento General de Mensuras Catastrales y Reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde.   

La modificación de estos reglamentos es el resultado de un proceso mancomunado entre jueces, funcionarios de la Jurisdicción Inmobiliaria, juristas, catedráticos, empresarios, integrantes de diferentes gremios de profesionales y actores del sector inmobiliario, dijo Molina Peña.

El presidente de la SCJ afirmó que el marco normativo de la Ley 108-05 fortalece la confianza para la inversión, protege derechos y potencia las oportunidades de desarrollo.  

Sostuvo que los aportes de Subero Isa abrieron las puertas a las transformaciones que hoy continúan mejorando la confianza en la propiedad inmobiliaria registrada y que facilitaron el desarrollo de ese sector, tanto urbano como en las zonas turísticas.   

Subero Isa agradeció el reconocimiento y dijo que "sin esa ley hubiera sido imposible en la actualidad realizar mediciones por ejemplo en materia de catastro porque la tecnología de la Ley anterior no lo permitió”

Consideró que la Ley 108-05 ha sido uno de los grandes logros del Congreso Nacional.

La versión digital de los nuevos reglamentos estará disponible en los portales web tanto del Poder Judicial como del Registro Inmobiliario www.poderjudicial.gob.do y www.ri.gob.do, respectivamente.?  

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