TC suspende plazos procesales durante estado de emergencia
Con la medida se busca evitar la propagación del COVID-19
El Tribunal Constitucional (TC) dispuso, a través de la resolución TC/002/20, la suspensión del cómputo de sus plazos procesales ante el estado de emergencia declarado en el país por el brote del COVID-19.
La medida se aplicará a cualquier actuación procesal de personas, partes en proceso o con ocasión de serlo ante ese órgano jurisdiccional, se informa en nota de prensa enviada a Diario Libre.
Explica que la suspensión tiene efecto inmediato y se mantendrá hasta tres días hábiles después del cese del estado de emergencia.
Dice que la decisión no limita la presentación de recursos, de conformidad con la tramitación ordinaria establecida en la Ley 137-11, así como acciones directas de inconstitucionalidad, control preventivo de tratados internacionales y también conflictos de competencia.
“La Secretaría del TC trabajará en la recepción de estos expedientes en horario especial de lunes a viernes, de ocho de la mañana a dos de la tarde”, añade.
“El ejercicio del cumplimiento de plazos procesales requiere, por un lado, el traslado de personas a tribunales y domicilios procesales de partes en proceso o con vocación de serlo, y, por otro lado, el contacto cercano de personas, lo cual puede contribuir a la propagación del coronavirus COVID-19, lo cual no es consistente con el estado de emergencia declarado por el Poder Ejecutivo”, señala la resolución.
Mientras se mantenga el estado de emergencia, el Tribunal Constitucional se encuentra operando con un personal mínimo y a mínima capacidad durante el horario especial señalado, a fin de garantizar un servicio para atender casos cuyo conocimiento, por su naturaleza, no deba suspenderse.
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