Religiosos temen a ley de cultos que se discute en el Senado

Difunden mensajes y llaman a orar, ley los regula y los sujeta a la Constitución y leyes

Hay quejas por el ruido de las bocinas que colocan las iglesias. (Archivo/Nehemías Alvino)

SANTO DOMINGO. Religiosos están difundiendo mensajes de alerta y temor a través de las redes sociales por la discusión en el Congreso del proyecto de Ley Orgánica de Libertad Religiosa y llaman a orar.

“Hermanos por favor oren, el día de hoy es debatida una iniciativa de ley en el Senado de la República, la cual contempla cárcel a religiosos por predicar a horas impropias, sanción a congregaciones que tengan un volumen alto al momento de celebrar su culto, a quienes anden por las calles y visitando los hogares incomodando a los peatones y violentando la integridad de la familia”.

“Se ha contemplado incluso como una violación a la libertad de culto el imponer la lectura de la Biblia”, dice el mensaje que circula mayormente por WhatsApp.

Aunque el proyecto de ley que discute la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Senado no habla de esto, expresa que las entidades religiosas tienen el deber de sujetarse a la Constitución y las leyes de la nación, y respetar las instituciones del país, además de abstenerse de perseguir fines de lucro o preponderantemente económicos.

Este proyecto, de la autoría de los senadores de Bahoruco y Barahona, Manuel Antonio Paula y Edis Mateo Vázquez, respectivamente, tiene como objetivo regular el ejercicio de la libertad religiosa, de conciencia y de cultos en el país, y se aplica a todos los ciudadanos y entidades religiosas o de cultos en todo el país, que deberán registrarse en el Ministerio de Interior y Policía como Instituciones no gubernamentales.

“Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta ley todas aquellas asociaciones o entidades cuyos fines y actividades se relacionen con fenómenos astrofísicos, sicológicos, parapsicológicos, adivinación, astrología, espiritismo, difusión de ideas o valores filosóficos humanísticos y espirituales. Las entidades dedicadas al desarrollo de ritos maléficos o análogos se encuentran al margen de la presente ley”, especifica el artículo 3.

La ley garantiza la libertad de culto de las personas y de las organizaciones, y entre las prohibiciones está asociarse con fines políticos bajo una denominación religiosa.