SCJ ratifica sentencia a asesinos de Orlando

De la Rosa está en libertad tras cumplir condena.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia.
SD. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia ratificó la sentencia que condena a 20 y 30 años a tres procesados por el asesinato del periodista Orlando Martínez Howley, ocurrido el 17 de marzo del año 1975. El veredicto convierte la condena en irrevocable.

El tribunal tomó la decisión tras el conocimiento de un recurso de casación contra la decisión de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís, que el 16 de mayo de este año declaró culpables del crimen de asesinato del comunicador al ex cabo Mariano Cabrera Durán y al civil Rafael Alfredo Lluberes Ricart, condenados a 30 años de reclusión. Al general retirado Joaquín Antonio Pou Castro le impuso 20 años.

Consideró que de la evaluación de los motivos propuestos por los procesados, en apoyo a sus recursos de casación, de los hechos relatados y del análisis de la sentencia impugnada se desprende que los mismos resultan inadmisibles por no estar comprendidos dentro de las causales establecidas en el artículo 426 del Código Procesal Penal. Pou Castro, Cabrera Durán y Lluberes Ricart fueron condenados al pago de los gastos en que se incurrió durante el proceso.

La evolución del caso

El 7 de diciembre de 1998, la Décima Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional condenó a los tres procesados, junto a Luis Emilio de la Rosa Beras, a 30 años de reclusión y a una indemnización de RD$5 millones cada uno, como reparación de daños y perjuicios.

Asimismo, rechazó ordenar una instrucción suplementaria contra el ex presidente Joaquín Balaguer, el ex secretario de las Fuerzas Armadas, Ramón Emilio Jiménez Reyes (Milo), así como contra Enrique Pérez y Pérez, Robinson Brea Garó, Ernesto Cruz Brea, Ramón Abreu Rodríguez, Víctor Gómez Bergés, Ramón Pina Acevedo y Félix Manuel Vargas Taveras.

Esa sentencia fue anulada por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte del Distrito, la cual bajó la pena a 15 años para Lluberes Ricart y Cabrera Durán, mientras que la reducción para Pou Castro y a De la Rosa Beras fue de 12 y 10 años.

El 31 de agosto del 2005, la Cámara Penal de la SCJ acogió un recurso de casación y anuló la decisión, disponiendo su envío a la Corte petromacorisana.

El 4 de abril de 1997, el entonces fiscal del Distrito Nacional Guillermo Moreno García, arrestó y envió ante el Juzgado de Instrucción de la Cuarta Circunscripción a los imputados en el hecho, los cuales fueron derivados a un tribunal criminal. El general retirado José Isidoro Martínez González, uno de los implicados, murió en pleno proceso el 15 de diciembre de 1999.

Conforme a las confesiones de los procesados, Cabrera Durán se apersonó a la residencia de Pou Castro; de allí se dirigieron a la avenida Venezuela del ensanche Ozama, recogieron a Lluberes Ricart y a De la Rosa Beras, se trasladaron a la avenida Ortega y Gasset esquina Pepillo Salcedo, donde se instalaron en una cafetería y esperaron la orden de Martínez González para propinarle "una golpiza" a Orlando.

Acción civil

El tribunal declaró admisible un recurso de casación de los hermanos Nilson y Sergio Augusto Martínez Howley, argumentando que se ha podido comprobar que lo alegado por éstos merece ser analizado conforme a los vicios denunciados. Fijó la audiencia pública para ventilarlo el 29 de agosto a las 9:00 de la mañana.