Gobierno dispone mantener cadena de frío de productos perecederos durante producción y exportación
El incumplimiento de disposiciones implicarán multas
El presidente Danilo Medina instruyó establecer normas y otras disposiciones para mantener la cadena de frío de los productos perecederos, refrigerados, congelados y ultracongelados en sus procesos de producción y exportación.
La disposición presidencial está contenida en el decreto 346-19, publicado por el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, en su cuenta de la red social Twitter @RodrigMarchena.
De acuerdo al referido decreto, para evitar romper la cadena de frío, las inspecciones de las distintas entidades que intervienen en los procesos de verificación de mercadería, en los puertos, aeropuertos y en la frontera terrestre, deberán realizarse en un recinto o espacio que se adecue a la temperatura y humedad del producto a inspeccionarse.
Asimismo, se deberá contar con los equipos a utilizar por las distintas entidades.
Para mantener la cadena de frío, en la plataforma se emplearan los mecanismos necesarios para evitar su rompimiento en rampa.
El incumplimiento de estas disposiciones implicarán multas que irán desde quince salarios mínimos hasta veinte y cinco salarios mínimos y de tres meses a dos años de prisión correccional.
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