La Constitución y los límites fronterizos de 1793

Los orígenes históricos de la frontera dominicana

A partir del 6 de noviembre de 1844, cuando fue sancionada la Constitución de San Cristóbal, el legislador describía el territorio nacional de la siguiente manera: “Los límites de la República Dominicana son los mismos que en 1793 la dividían por el lado del Occidente de la parte Francesa, y estos límites quedan definitivamente fijados”.

Con anterioridad al primer Pacto Fundamental de la nación, los líderes del movimiento independentista mostraron particular interés para definir con nitidez la cuestión de la línea fronteriza entre las comunidades dominicana y haitiana.

En efecto, en el Manifiesto del 16 de enero de 1844, considerado nuestra Acta de Independencia, sus redactores declararon que, tras comprobar que al cabo de 22 años de dominación los dominicanos no obtuvieron ventaja alguna de sus dominadores, además de haber sido “tratados del modo más bajo y abyecto”, decidieron de manera irrevocable “separarse para siempre de la República Haitiana, para proveer a su seguridad y conservación, constituyéndose bajo sus antiguos límites, en un estado libre y soberano…”

¿Cuáles eran esos antiguos límites mencionados en el Manifiesto de 1844? Sencillamente, los establecidos en 1777 por el Tratado de Aranjuez; límites fronterizos que, dicho sea de paso, fueron alterados en 1794 cuando -actuando en nombre de la República Francesa (porque Haití no existía como estado soberano e independiente)-, Toussaint Louverture ocupó manu militari los pueblos fronterizos de San Miguel de la Atalaya y San Rafael.

A raíz de esos hechos, la gran mayoría de los habitantes de esos pueblos, que no deseaban ser gobernados por franceses ni por haitianos, buscaron refugio en otros poblados de la parte oriental, especialmente en San Juan de la Maguana, Azua y otros. Con el tiempo, esas poblaciones (en adición a Hincha, Las Caobas y Bánica), fueron incorporadas -de hecho, mas no de derecho-, al territorio haitiano en franca violación al Tratado de Aranjuez.

Por tal motivo, después de la independencia, los dominicanos siempre reclamaban los antiguos límites que en 1793 separaban la parte española de la francesa. Naturalmente, al proceder así se referían a la demarcación fronteriza convenida en Aranjuez en 1777.

Como se sabe, el tratado de Basilea, de 1795, extinguió el de Aranjuez a tal punto que, cuando los haitianos ocuparon la parte del Este (1822-1844), los límites fronterizos fueron prácticamente obliterados y la cartografía haitiana mostraba una isla indivisa. De esa manera, se ignoró tanto la línea fronteriza de 1777 como la circunstancia de que en 1814 Francia había retrocedido a España el derecho de posesión del Santo Domingo español.

Es evidente que la reincorporación de Santo Domingo a España en 1814 remitía a las dos comunidades que compartían la isla al statu quo vigente en 1793, el año anterior a la pérdida de los cinco pueblos ocupados por Toussaint en octubre de 1794.

Hay constancia de que -en 1844- el coronel Valentín Sánchez se trasladó a Hincha y enarboló el pabellón dominicano; sin embargo, según escribió el historiador José Gabriel García, “en los 5 pueblos ocupados no pudo encontrar eco el movimiento del 27 de febrero porque la población haitiana era mayor que la dominicana”.

Durante la Primera y Segunda Repúblicas, justo es subrayarlo, el Gobierno dominicano nunca reconoció el derecho de ocupación de esos territorios por parte del Estado haitiano hasta que fueron ratificados el Tratado fronterizo de 1929 y los instrumentos de 1935 y 1936, respectivamente.

Historiador y ensayista. Especialista en historia dominicana.