La discusión actual y los desafíos del Consejo Nacional de la Magistratura
El reto de seleccionar a la nueva presidencia de la Suprema Corte de Justicia
Este artículo tiene por objeto reflexionar sobre algunos de los temas que han ocupado la discusión política y académica, en ocasión del inicio de sesiones del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para evaluar, en principio, a 11 jueces de la SCJ. Esto incluye una reflexión particular sobre algunos criterios desafíos relacionados con la elección de la presidencia de ese órgano.
Los magistrados declinantes
Uno de los temas más comentados ha sido la decisión de cuatro de los magistrados llamados a ser evaluados, incluido el presidente de esa alta corte, de no someterse al proceso. Esta decisión supone la declinación de optar por la renovación de su condición de jueces supremos. Prima facie, se trata de una decisión personal legítima.
En el caso del magistrado Herrera Carbuccia —actual presidente de la Tercera Sala de la SCJ, con una destacada carrera signada por sustanciales aportes a la doctrina laboral y constitucional—, la carta que remitiera al CNM da cuenta de una decisión adoptada desde hace más de 7 años, y reiterada en diversas ocasiones. Allí informa que la misma “ya fue expresada en el primer pleno de esta alta corte elegida en el año 2019, la he expresado en público en conferencias, charlas y en el pleno de la Suprema Corte de Justicia, es decir, he sido y soy coherente conmigo y con mi familia, que después de dos períodos de siete (7) años, es momento de cerrar este ciclo en la misma forma que inicié”.
No obstante, las conjeturas más variadas sobre las razones de estas declinatorias se presentan como inevitables. Provienen de una práctica iniciada hace ya varios lustros, y cuyo soporte normativo fue incorporado en la reforma constitucional de 2010. Una práctica constante en la que, cada evaluación de jueces supremos ha operado, por lo general, como un teatro de las apariencias detrás de cuyo telón, el CNM se erige en soberano absoluto de las decisiones, al margen de cualquier criterio objetivo de ponderación de los méritos que las justifican.
Detrás de esa práctica subyace un problema de diseño institucional: la composición y las facultades del Consejo, modificadas en la reforma constitucional de 2010, han tenido como consecuencia que cada presidencia ha reconfigurado la SCJ sin necesidad de articular consensos, y solo confiriendo cuotas mínimas ocasionales, en función de acuerdos políticos opacos. Peor aún: cuotas no siempre avaladas por la cualificación técnica de quienes las han encarnado. Esto, al parecer, ha generado desconfianza en los procesos.
El contenido político de la elección
Muchos, entre los que me cuento, criticaron enérgicamente las declaraciones del expresidente Hipólito Mejía cuando, tras la sesión del CNM que le tocó presidir, hace ya un cuarto de siglo, hizo público el proceso de negociación y articulación de acuerdos políticos que fue necesario para suplir tres vacantes que entonces había en la SCJ.
En otras palabras, transparentó, como ningún otro presidente, el carácter político del proceso. Hay una lección significativa de la que conviene tomar nota detrás de esas declaraciones. Consiste, a mi juicio, en comprender la realidad que las mismas expresaban y que, ni entonces ni después, nadie se atrevió a mirar de frente: el presidente Mejía, como presidente del Consejo, no podía imponer los tres jueces faltantes. Y no podía porque con una composición de siete miembros, sin voto de calidad para resolver un eventual empate, y sin facultad para condicionar el comportamiento de los jueces supremos que integraban el CNM –por vía de la evaluación de su desempeño—, contaba con una mayoría precaria que le obligaba a buscar acuerdos y, por ende, le dificultaba decidir unilateralmente las designaciones.
En síntesis, el problema no es el carácter político de la designación de los jueces de las altas cortes. Ese carácter no solo es inevitable. Es, además, deseable en una democracia. Los jueces de las altas cortes tienen que: I) contar con una base de legitimación democrática, que proviene de la composición eminentemente política de los órganos de representación que hacen presencia en el órgano que los elige y, II) estar sometidos a mecanismos de control político. No para poner en entredicho su imparcialidad e independencia funcional, sino para evitar los riesgos de la autarquía, y para que de esa manera puedan contribuir mejor a la realización de las labores de gobierno que en un sistema de separación de poderes corresponde, conjuntamente, a las ramas legislativa, ejecutiva y judicial, así como a los órganos constitucionales autónomos integrados posteriormente a nuestro ordenamiento jurídico.
El mecanismo político de designación, así como las previsiones relativas al enjuiciamiento político por la comisión de faltas graves, son instrumentos legítimos de control del comportamiento de los integrantes de los órganos constitucionales designados por el Consejo Nacional de la Magistratura.
La presidencia de la SCJ
Otro de los temas objeto de la conversación pública en las últimas semanas es si el presidente de la SCJ debe provenir de la Carrera o de fuera. Conviene decir, de entrada, que desde que se puso en funcionamiento el sistema de carrera judicial, ningún juez proveniente de ella ha presidido esa alta corte. Las reformas más significativas en el ámbito de la administración de justicia de los últimos 28 años, así como los retrocesos más lamentables, han tenido lugar con presidentes ajenos al sistema de carrera.
Sobre esta cuestión, todo lo que hay son criterios de preferencia. No existe ninguna evidencia empírica que permita concluir que es más beneficioso para el Poder Judicial contar con un presidente de la SCJ proveniente de la Carrera. Los períodos de estancamiento, y de franco retroceso en el sistema, permiten afirmar lo mismo respecto de una presidencia externa a la carrera.
El criterio para orientar la decisión sobre este aspecto no debería reducirse a la dicotomía que ha marcado la discusión.
El verdadero desafío al que se enfrenta el CNM presidido por Luis Abinader — que ha de llevar a cabo la más completa reconfiguración de la SCJ de los últimos 15 años—, es de otra índole. Tiene que ver, a mi juicio, con garantizar un legado que dé continuidad a, y redimensione, las iniciativas de reforma de la presidencia saliente, al tiempo que reconecte, en un nuevo contexto, con la energía transformadora que fue el sello de la presidencia del magistrado Jorge Subero Isa.
La presidencia de la SCJ demanda, por tanto, de un hombre o una mujer que, siendo o no de carrera, comprenda la magnitud del impacto que en la administración de justicia tienen ya, y tendrán mucho más, la inteligencia artificial y las herramientas de la mecánica cuántica, como expresiones del que, para los expertos más reputados, representa el mayor salto tecnológico conocido por la humanidad. Que pueda, por tanto, poner esta revolución irreversible al servicio de hacer más eficiente el andamiaje administrativo y de administración de justicia material desde el Poder Judicial.
Que pueda dar continuidad a la política de disminución de la mora judicial sin sacrificar la calidad de las decisiones de los tribunales. Que pueda ampliar las garantías de acceso efectivo a los tribunales de administración de justicia. Que tenga el suficiente prestigio profesional que le evite la odiosa tarea de empezar desde cero a ganarse el liderazgo de sus pares en el órgano que ha de presidir. Que pueda acometer las acciones para resolver el colapso del sistema penal diagnosticado por el presidente saliente.
Que comprenda las complejidades de la necesaria relación entre la SCJ y el Tribunal Constitucional, como condición para mantener un diálogo interinstitucional de vital relevancia para el adecuado funcionamiento de una administración de justicia en la que están cada vez más entrelazadas las decisiones del TC y la labor de los tribunales judiciales.
Esta lista de criterios se puede alargar considerablemente. Digamos que, en definitiva, se trata de escoger a alguien con la visión, las competencias y la determinación para enfrentar los desafíos que el momento impone. En ello se juega, en gran medida, el futuro del proceso en curso.