El Congreso deberá aprobar una ley para regular la venta de bebidas alcohólicas en horario nocturno

La sentencia del TC establece que la regulación de horarios de venta de alcohol debe ser aprobada por el Congreso, no por un decreto del Poder Ejecutivo. Esto busca evitar un vacío legal en la materia

Bebidas alcohólicas. (ARCHIVO / DIARIO LIBRE)

El Tribunal Constitucional (TC) exhortó al Congreso Nacional a aprobar, en un plazo de dos años, una ley que regule la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas en horario nocturno, luego de declarar inconstitucional el Decreto 308-06, que durante dos décadas ha limitado los horarios de venta en colmados, bares, discotecas, casinos y otros centros de diversión.

Sentencia del TC

La disposición está contenida en la sentencia TC/0689/26, mediante la cual el alto tribunal concluyó que, aunque el decreto perseguía un fin legítimo de protección del orden público y la seguridad ciudadana, una restricción de carácter permanente no puede mantenerse mediante un decreto del Poder Ejecutivo, sino que debe estar respaldada por una ley aprobada por el Congreso.

  • Para evitar un vacío legal, el Tribunal decidió mantener vigente el Decreto 308-06 por un período de dos años, contado a partir de la notificación de la sentencia. Durante ese tiempo, el Congreso deberá legislar sobre la regulación de los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas.

Regulación futura

"Exhortar al Congreso Nacional para que en un plazo no mayor de dos (2) años... legisle en torno a la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión en horario nocturno", establece la decisión.

El TC precisó que el presidente de la República sí tiene facultades para dictar medidas administrativas relacionadas con el orden público, pero estas deben responder a situaciones concretas y temporales. En cambio, cuando se trata de restricciones generales y de aplicación indefinida, corresponde al Poder Legislativo establecerlas mediante una ley.

La sentencia también aclara que el Poder Ejecutivo podrá seguir emitiendo decretos para limitar el horario de venta de bebidas alcohólicas en circunstancias excepcionales y de duración determinada, como operativos especiales durante Semana Santa, Navidad u otras fechas que justifiquen la medida.

El Decreto 308-06 fue emitido en julio de 2006 durante el gobierno de Leonel Fernández. La normativa prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 12:00 de la medianoche de domingo a jueves y desde las 2:00 de la madrugada los viernes y sábados, además de establecer sanciones para los establecimientos que incumplan la disposición.

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