La dolarización de la oferta inmobiliaria
Al revisar los clasificados de bienes raíces de cualquier medio impreso o internet del país, se observa una oferta indiscriminada de inmuebles tanto en peso como en dólar, aunque solo la primera es la moneda de curso legal para los dominicanos.
La práctica de ofertar en dólar, sea para la venta o para alquiler, es cuestionada por algunos sectores que entienden que es ilegal, y defendida por otros que aseguran que se apoya en las leyes. Personas cuestionadas por Hábitat, se quejaron de que "todo se vende o se alquila en dólares" y ponen en duda la legalidad del uso de la moneda estadounidense en transacciones de este tipo.
Juan Ramírez, quien lleva varios días tratando de adquirir una casa, se quejaba, clasificado en manos, de "por qué todo (las ofertas) lo que aparece mejor te lo presentan en dólar cómo si viviéramos en los Estados Unidos o si nuestra moneda fuera esa".
El abogado Luis Felipe Concepción entiende que el uso del dólar en las transacciones inmobiliarias es una práctica aceptada, pero que legalmente está prohibida.
"Las negociaciones, de acuerdo a la ley, se deben hacer en el peso dominicano, pero debido al alza del dólar, se aceptó las negociaciones de ventas de inmuebles y otros productos en dólares y desde entonces se dejó así y las autoridades en particular tampoco dicen nada".
De su lado, el también abogado especializado en asuntos de registro de títulos inmobiliarios Robison Cuello defiende que la dolarización de la oferta está amparada en el Código Monetario y Financiero que establece que en el país se pueden hacer transacciones en monedas extranjeras, incluyendo préstamos.
"La moneda nacional es liberatoria, pero el Código Monetario establece las contrataciones en monedas extranjeras, no una venta de expendio pero si las contrataciones. Es decir que se pueda contratar en dólar y pagar con el equivalente en peso. Y todo eso es legal". En ello coinciden las agentes de bienes raíces Raysa Jiminian y Olga Gómez Cuesta, presidente y secretaria general, respectivamente de la Federación Internacional de Profesiones Inmobiliarias (FIABCI) quienes sostienen que la práctica se ampara en las leyes vigentes en el país.
"En los contratos se suele poner, cuando se llegan a los acuerdos de forma de pago, que se paga en dólar o su equivalente en moneda nacional, de acuerdo a la tasa vigente en el momento de la operación de la venta al público", detalla Jiminian. La agente inmobiliaria recuerda que la oferta en dólares se inició desde los años 1990 cuando el peso dominicano empezó a devaluarse y que la misma buscaba proteger al propietario de los inmuebles o vendedor de las fluctuaciones de la moneda nacional.
"Se le protege de una devaluación del peso y se mantiene su dinero en una moneda fuerte, sin afectarse de las fluctuaciones. El dólar, en este caso, es una moneda que no sufre muchos cambios en relación con el peso dominicano. "Jiminian entiende que la moneda estadounidense seguirá usándose para fijar los precios de los inmuebles, porque además de proteger al vendedor le garantiza al cliente, inquilino o comprador un precio fijo.
El abogado Luis Felipe Concepción entiende que el uso del dólar en las transacciones inmobiliarias es una práctica aceptada, pero que legalmente está prohibida.
"Las negociaciones, de acuerdo a la ley, se deben hacer en el peso dominicano, pero debido al alza del dólar, se aceptó las negociaciones de ventas de inmuebles y otros productos en dólares y desde entonces se dejó así y las autoridades en particular tampoco dicen nada".
De su lado, el también abogado especializado en asuntos de registro de títulos inmobiliarios Robison Cuello defiende que la dolarización de la oferta está amparada en el Código Monetario y Financiero que establece que en el país se pueden hacer transacciones en monedas extranjeras, incluyendo préstamos.
"La moneda nacional es liberatoria, pero el Código Monetario establece las contrataciones en monedas extranjeras, no una venta de expendio pero si las contrataciones. Es decir que se pueda contratar en dólar y pagar con el equivalente en peso. Y todo eso es legal". En ello coinciden las agentes de bienes raíces Raysa Jiminian y Olga Gómez Cuesta, presidente y secretaria general, respectivamente de la Federación Internacional de Profesiones Inmobiliarias (FIABCI) quienes sostienen que la práctica se ampara en las leyes vigentes en el país.
"En los contratos se suele poner, cuando se llegan a los acuerdos de forma de pago, que se paga en dólar o su equivalente en moneda nacional, de acuerdo a la tasa vigente en el momento de la operación de la venta al público", detalla Jiminian. La agente inmobiliaria recuerda que la oferta en dólares se inició desde los años 1990 cuando el peso dominicano empezó a devaluarse y que la misma buscaba proteger al propietario de los inmuebles o vendedor de las fluctuaciones de la moneda nacional.
"Se le protege de una devaluación del peso y se mantiene su dinero en una moneda fuerte, sin afectarse de las fluctuaciones. El dólar, en este caso, es una moneda que no sufre muchos cambios en relación con el peso dominicano. "Jiminian entiende que la moneda estadounidense seguirá usándose para fijar los precios de los inmuebles, porque además de proteger al vendedor le garantiza al cliente, inquilino o comprador un precio fijo.