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Proyecto reforma Código Penal permite grabaciones detención

Serían penalizados los uniformados que violenten el derecho a filmar

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Proyecto reforma Código Penal permite grabaciones detención
Serán sancionadas las revisiones injustificadas de vehículos. (DIARIO LIBRE)

En la República Dominicana quedará consagrado el derecho a las grabaciones de arrestos o allanamientos, si se aprueba tal y como está el proyecto de reforma al Código Penal Dominicano que cursa en el Congreso Nacional.

Conforme a la iniciativa serán penalizados con prisión menor y multas los agentes policiales o militares que impidan a un ciudadano grabar su arresto o el allanamiento practicado en su contra o de terceros.

La disposición está contemplada en el artículo 294 sobre la violación al derecho de grabar el arresto, del anteproyecto que fue aprobado en primera lectura en el Senado de la República y cuyo conocimiento continuará el próximo martes 16. Establece que las sanciones irán desde los 15 días hasta un año menor de prisión y multas equivalentes a uno o dos salarios del imputado.

La pieza también penaliza los casos en que el agente policial, militar o funcionario encargado de hacer cumplir la ley revise un vehículo de motor contra la voluntad del propietario, conductor u ocupante, sin orden judicial o fuera de las causales permitidas. En consecuencia será sancionado con multa de una a tres veces el salario que perciba el imputado al momento de la comisión de la infracción.

Cuando se trate de los casos de violación al derecho de la llamada telefónica que tiene toda persona detenida, el uniformado, funcionario judicial o representante del Ministerio Público que lo impida también será sancionado. Las penas irían de uno a dos años de prisión menor y multa de tres veces el salario que perciba el funcionario o servidor público al momento de cometer la infracción.

De igual modo, será considerado como un atentado contra la libertad y seguridad personal el hecho de que un funcionario o servidor público, en el ejercicio de sus funciones, prive de su libertad a una persona fuera de los casos y plazos legales sin someterla a la acción de la Justicia y si lo realiza de modo arbitrario.

En consecuencia, pueden ser sancionados con 15 días a un año de prisión menor y multa de dos a cuatro veces el salario que perciba el imputado al momento de cometerse la infracción.

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Periodista dominicana, uasdiana, escribe sobre política, elecciones y más.