¿Es viable separar el caso de Jean Alain del resto de los imputados?

Juicio de fondo contra Jean Alain Rodríguez estacando entre incidentes

Expertos advierten que la separación de procesos podría evitar mayores retrasos

En la imagen de archivo, el exprocurador general, Jean Alain Rodríguez, conversa con Alfredo Alexander Solano Augusto, exsubdirector financiero de la Procuraduría, también imputado en el caso de corrupción. (Archivo Diario Libre)

Mientras el calendario procesal avanza, el juicio de fondo contra el exprocurador Jean Alain Rodríguez sigue atrapado en una cadena de incidentes que impide al tribunal debatir las acusaciones, lo que ha abierto el debate sobre separar su proceso del resto de los imputados.

Consultados sobre esta posibilidad, destacados juristas penales coinciden en que la ley lo permite. Sin embargo, difieren sobre si es la estrategia más conveniente para la salud del proceso penal.

Para el abogado Francisco Álvarez la separación del expediente no es la ruta más inteligente al ser Jean Alain el eje central de la acusación, donde las pruebas están intrínsecamente ligadas a él y a sus coimputados.

"No creo que sea eficiente. Habría que presentar las pruebas dos veces: una en el juicio contra él y otra en el caso de los demás. Lo correcto es aplicar el Artículo 305 del Código Procesal Penal, que obliga a resolver los incidentes en bloque y no detener el juicio", explicó Álvarez.

La "trampa" de la extinción

Un punto de alta preocupación es el plazo máximo de duración del proceso, que es de 5 años. Según los expertos, la táctica de presentar "incidente tras incidente" busca alcanzar este límite para solicitar la extinción de la acción penal.

El abogado Waldo Paulino advierte sobre la "dicotomía" del caso donde la separación podría liberar el proceso de los demás imputados, el hecho de que Jean Alain sea la "cabeza" de la supuesta estructura criminal hace que sus acciones arrastren al resto del expediente.

“Para conocer unos 50 incidentes se pone al tribunal en una actitud de no comenzar el proceso y por eso ya lleva años el proceso sin comenzar el juicio”, afirmó al tiempo que destacó segregarlos podría generar sentencias contradictorias sobre los mismos hechos.

¿Qué dice el código?

Por su parte, Félix Portes aclara que el juez sí tiene la potestad legal de separar procesos bajo el Artículo 65 del Código Procesal Penal, especialmente para proteger el derecho al plazo razonable de otros imputados que no estén accidentando el caso.

No obstante recalca que el tribunal debe imponer una agenda estricta para evitar que las defensas coordinen retrasos de forma consecutiva.

El jurista Cándido Simó explicó que tanto el antiguo como el actual Código Procesal Penal contemplan la posibilidad de fusionar o separar imputados dentro de un mismo proceso penal, dependiendo de las circunstancias que surjan durante el desarrollo del caso.

Señaló que esta figura se aplica porque cada procesado responde individualmente por su situación jurídica.

“El código procesal penal anterior y el actual prevén la fusión y la separación de las partes en un proceso penal, porque cada procesado manda su proceso”, indicó.

  • El litigante recordó que incluso dentro del mismo expediente se han producido separaciones de imputados, como ocurrió con la comunicadora Altagracia Guillén, quien en un momento fue apartada del proceso por razones de salud, y fue reintroducida nuevamente al expediente.

En ese sentido, sostuvo que la situación de un imputado no necesariamente debe arrastrar al resto de los procesados si genera retrasos en el procedimiento.

La suerte de un procesado no tiene en negativo por qué arrastrar a los demás si les perjudica”, afirmó, aunque advirtió que determinar si esa medida resulta viable o conveniente depende de las circunstancias específicas que valore el tribunal.

Situación de Jean Alain

El abogado de Jean Alain, Carlos Balcácer dijo que el juicio de fondo en sí está desarrollando la etapa de los incidentes que van a ser conocidos en audiencia pública previa discusión del fondo en sí, mediante resolución de la Presidencia, "porque cuando se plantean incidentes de naturaleza constitucional, no basta que lo conozca a la Presidencia del tribunal, sino el pleno", puntualizó.  

Ante, la posibilidad de desglosarlo señaló que "no es factible ni permitida porque es un caso para el grueso de los imputados". Enfatizó que "cualquiera que quiera salir del proceso por medio al desglose, tiene que tener una causa muy justificada, como, por ejemplo, una enfermedad prolongada, un cuadro que lo aleje necesariamente de participar en el proceso etc. Lo cual no ha ocurrido".

Egresada de la Universidad Católica Santo Domingo. Apasionada por el periodismo humano, con experiencia destacada en temas políticos, culturales y de moda.