Ya están publicadas las modificaciones al Código Penal en la Gaceta Oficial

Las modificaciones a la legislación incluyen cambios en delitos como la difamación, la responsabilidad penal de personas jurídicas y el hostigamiento cibernético

El Código Penal fortalecerá el sistema de justicia en la República Dominicana. (Imagen generada con IA)

Las modificaciones introducidas al nuevo Código Penal ya forman parte del ordenamiento jurídico tras su publicación en la Gaceta Oficial 11254, correspondiente a la Ley 44-26, que modifica varias disposiciones de la legislación promulgada por el presidente Luis Abibader mediante la Ley 74-25.

A menos de un mes de la entrada en vigor de la normativa, el Congreso Nacional tuvo que introducir una serie de modificaciones luego de las preocupaciones expresadas por distintos sectores, especialmente a través de las redes sociales, que advertían de posibles riesgos en la aplicación del nuevo marco legal.

Por ello, se aprobaron cambios mediante la Ley 44-26 en diversos artículos, entre ellos los relacionados con la libertad de expresión, en especial los referentes al perjurio y la difamación, así como a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, con el propósito de evitar problemas de interpretación y aplicación.

  • Asimismo, fueron modificados los artículos relativos a los delitos por aplicación de sustancias químicas; el hostigamiento y sus modalidades agravadas, incluido el hostigamiento cibernético, y los relacionados con la violencia doméstica e intrafamiliar.

También se reformaron las disposiciones sobre exhibicionismo sexual; acoso agravado; autosecuestro; discriminación; proxenetismo; difusión ilícita de contenido íntimo o reservado; abandono de niños, niñas y adolescentes; bancarrota simple; malversación de fondos públicos; ultraje en el ámbito jurisdiccional; y certificación falsa del estado de salud.

Vigencia en los tribunales

El Código Penal está vigente desde el lunes 3 de agosto, luego de ser promulgado por el presidente Abinader y publicado inicialmente en la Gaceta Oficial 11208.

  • No obstante, todos los hechos punibles cometidos antes de la entrada en vigor de la norma, serán procesados conforme al Código Penal de 1884, en virtud del principio de irretroactividad establecido en la Constitución Dominicana, según explicó a reporteros de Diario Libre el abogado Félix Portes.

Es decir, si una persona es acusada de un homicidio voluntario ocurrido el domingo 2 de agosto, será juzgada con la legislación anterior, que dispone penas de cinco a 20 años de reclusión mayor para este tipo de delitos.

En cambio, la nueva normativa aumenta las condenas a 20 u 30 años de prisión mayor para estos hechos, además de crear nuevas agravantes y tipos penales relacionados con la muerte de una persona.

El nuevo Código Penal también establece sanciones por violar órdenes de alejamiento, endurece las condenas por corrupción administrativa y castiga la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, así como los genocidios, el sicariato y las desapariciones forzadas.

Licenciado en Comunicación Social, mención Periodismo, por la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), con trayectoria en periódicos de la República Dominicana.